Como resultado de las gestiones emprendidas inicialmente por nuestro Consejo y culminadas luego conjuntamente con los otros consejos del país y la Federación que nos aglutina a todos, el Senado dio media sanción al proyecto sobre Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la Justicia Nacional y Federal. En él se revierte el dictamen del plenario de Comisiones (de Justicia y Asuntos Penales, y de Legislación General), merced al cual se incluía a los abogados en el alcance de la incumbencia en el ejercicio de la sindicatura concursal. Se mantiene así la exclusividad de los contadores públicos en esta última, si bien con el patrocinio letrado obligatorio para el síndico, en todo tipo de procesos, con honorarios a cargo del concurso.
Nuestro Consejo continuará siguiendo de cerca el asunto y, de acuerdo con la evolución que tenga el mencionado proyecto tomaremos todas las medidas que sean menester –siempre en consuno con nuestros pares de toda la Nación- y seguiremos difundiendo a la matrícula y a toda la sociedad los cursos de acción a seguir para que se llegue a sancionar una Ley que redunde en beneficio de toda la sociedad.
Antecedentes
Con fecha 9 de septiembre de 2015 ingresó en el Honorable Congreso de la Nación, a través de la Mesa de Entradas de la Cámara de Senadores, el proyecto 2993-S-15 “Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la Justicia Nacional y Federal”. En su artículo 64 el mismo incorpora en forma subrepticia, y excediendo el marco arancelario del proyecto, una reforma de los artículos 253 y 257 de la Ley 24.522 de Concursos y Quiebras, la cual vulnera de plano la Ley 20.488 al extender el alcance de la tarea de la Sindicatura Concursal a los profesionales abogados, incumbencia que nuestra Ley reserva en forma exclusiva a los contadores públicos, en función de su preponderante contenido económico.
Dicho proyecto contó con un trayecto de trámite sumarísimo, dado que rápidamente fue girado a las Comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Legislación General e incluido en la agenda de temas a tratar en la reunión plenaria de las Comisiones mencionadas del día 15 de septiembre, con el fin de emitir dictamen favorable y tratarlo sobre tablas en la sesión de la Cámara de Senadores del día siguiente, miércoles 16 de septiembre.
Ante la sorpresa de los impulsores del proyecto, nuestro Consejo tomó conocimiento de la situación y solicitó asistir a la reunión plenaria de Comisiones, en la cual participó sin voz a través de los Dres. José Escandell (ex presidente de nuestro Consejo Profesional) y Mario Bruzzo (Consejero Coordinador de la Comisión de Actuación Profesional en Procesos Concursales), lográndose posponer la emisión del dictamen y generando una invitación con participación activa en la siguiente reunión plenaria de Comisiones del día 22 de septiembre.
En dicha reunión expusieron los Dres. Alejandro Piazza (actual vicepresidente 1º de nuestra Institución) y el Dr. Mario Bruzzo, manifestando la inviabilidad del artículo 64 del proyecto y explicando las razones que respaldan legal y técnicamente nuestra posición, y los riesgos asociados con la medida que se impulsa.
Los días domingo 4 y lunes 5 de octubre se publicó en los principales diarios, una solicitada suscripta por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), manifestando la oposición de todos los Consejos miembros al avasallamiento de la Ley 20.488 y alertando sobre la gravedad del daño que produciría su convalidación.
El día martes 6 de octubre, en una reunión de mero trámite y con un predictamen circularizado previamente entre sus integrantes, el plenario de las Comisiones legislativas que analizan el proyecto aprobó el dictamen favorable que lo eleva al Senado, aún con nuestro expreso rechazo. A su vez nuestro Consejo, a través de algunos de sus directivos y funcionarios, tomó contacto con legisladores en función de hacerle llegar en forma directa nuestra posición y nuestro reclamo.
Sin embargo, el 7 de octubre la FACPCE nos comunicó, vía nota remitida por mail, que el citado proyecto de ley N° 2293-S-15 entrase en un compás de espera por parte de los legisladores y que dicha Federación sería convocada oportunamente para participar en su tratamiento.
Como resultado de todo este accionar colectivo de nuestra profesión, el 29 de octubre el Senado de la Nación da media sanción al proyecto de ley sobre honorarios de abogados y auxiliares de la justicia que además modifica ciertos artículos referidos a la sindicatura concursal.
Se logró así que el proyecto que lleva la media sanción haya confirmado la competencia exclusiva del contador público para el ejercicio de la sindicatura concursal. A su vez, los legisladores también incorporaron a la ley concursal la obligatoriedad del patrocinio letrado para el síndico, en todo tipo de procesos, con honorarios a cargo del concurso.
Fuente: Texto publicado por Consejo Profesional de Cs. Económicas de la Ciudad de Bs. As. (30/10/2015)
Seleccionado por: Editorial Errepar