Se acordaron las nuevas condiciones salariales para los trabajadores de la actividad mercantil alcanzados por el CCT 130/1975.
Los principales puntos del acuerdo son los siguientes:
Incremento salarial
Incremento equivalente al 32%, de carácter no remunerativo, a efectivizarse en cuatro tramos de la siguiente manera:
- 8% en mayo 2021;
- 8% en setiembre 2021;
- 8% en enero 2022; y
- 8% febrero de 2022.
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Base de cálculo
Se toma como base de cálculo para los incrementos los valores de las escalas salariales vigentes al mes de mayo 2021.
Incorporación al básico
El incremento no remunerativo de mayo y setiembre 2021 se incorporan a partir de enero 2022, mientras que los correspondientes a enero y febrero 2022, lo hacen a partir de abril 2022, respectivamente.
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Cláusula de revisión
Se prevé una cláusula de actualización para el mes de enero 2022.
Aporte y contribución a OSECAC
Se mantiene el aporte del trabajador de $ 100 desde abril 2021 a marzo 2022 y se conviene una contribución mensual extraordinaria a cargo de los empleadores de $ 300 por cada trabajador por el mismo período.
Pago proporcional
Los trabajadores que laboren a tiempo parcial o discontinua, o que hayan incurrido en inasistencias injustificadas, el monto a abonar por el incremento no remunerativo será proporcional a la jornada laboral cumplida.