La Ciudad de Buenos Aires amplia el plan de facilidades de pagos de inmobiliario, ABL y Automotores

por
La Ciudad de Buenos Aires amplia el plan de facilidades de pagos de inmobiliario, ABL y Automotores

A través de la publicación en el Boletín Oficial del día 29 de Abril de 2021 de la resolución 107/2021 de la Agencia de Gubernamental de Ingresos Públicos, la Ciudad de Buenos Aires amplia el régimen de facilidades de pago de impuesto empadronados a aquellos contribuyentes que registren deudas por estos tributos entre los $ 1.500.000 y los $ 18.000.000.

Señalamos que se podrán incluir en el régimen de facilidades de pagos mencionado las deudas de los contribuyentes y/o responsables del impuesto inmobiliario y la tasa retributiva de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza, mantenimiento y conservación de sumideros (ABL) y/o del impuesto sobre patentes sobre vehículos en general, que superen el importe de $1.500.000 y hasta la suma de $18.000.000, cuyos vencimientos originales hubieran operado en el período comprendido entre el día 1° de enero de 2019 y el día 30 de octubre de 2020, ambas fechas inclusive.

Estas deudas se regularizarán con los beneficios, términos y condiciones que regian en el régimen de regularización de estas deudas que no superaban los $ 1.500.000 dispuesto por la resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 2/2021.

Las deudas se podrán regularizar en hasta 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, aplicándose la siguiente escala para el cálculo de la condonación de los intereses resarcitorios en función de la fecha de acogimiento y la cantidad de cuotas seleccionadas:

Acogimiento hasta 30 díasAcogimiento mayora 30 días
Hasta 675%37,5%
7 y 856,25%28%
9 y 1037,5%18,75%
11 y 1218,75%9%

La normativa señala que la cancelación del plan de facilidades de pago, según la fecha de acogimiento y la cantidad de cuotas seleccionada, producirá la condonación del porcentaje fijado de los intereses resarcitorios devengados al momento de la solicitud del plan y la condonación total de los intereses por financiación.

A los efectos de determinar el porcentaje de condonación de los intereses resarcitorios, el plazo para el acogimiento corre a partir del día de la entrada en vigencia del régimen.

Asimismo, la deuda total podrá ser cancelada al contado mientras se encuentre vigente el plan de pagos, a través de los medios que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos fije a tal efecto, condonándose el 75% de los intereses resarcitorios devengados hasta el momento del pago.

Más tarde, mediante el dictado de la resolución general 147/2021 la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos prorroga hasta el 31 de agosto del 2021 el plazo para la cancelación al contado de la deuda total del régimen de facilidades de pago para deudas del impuesto inmobiliario, ABL y patentes –R. (AGIP Bs. As. cdad.) 2/2021-, aplicándose los siguientes beneficios:
* Hasta $ 1.500.000 del monto de la deuda, 100% condonación de los intereses resarcitorios.
* Más de $ 1.500.000 del monto de la deuda, 75% condonación de los intereses resarcitorios.
Asimismo, se prorroga hasta la misma fecha el plazo para la rehabilitación de planes de facilidades de pago.

Por último, destacamos que el presente régimen de facilidades de pago de los impuestos empadronados rige a partir del 29 de abril de 2021 y hasta el día 31 de agosto de 2021.