Ganancias y Bienes Personales 2020: ¿Cómo quedan los vencimientos?

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Como todos sabemos y como viene ocurriendo año tras año, la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales termina prorrogándose.

Muchos han sido los motivos por los cuales año tras año estas prórrogas fueron materializadas por la AFIP. El año pasado, sin ir más lejos las mayores causales se debieron a la pandemia, el trabajo remoto y la imposibilidad de trasladarse a estudios y oficinas.

Este año, el vencimiento original para presentar las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2020, operaba a partir del  11 de Junio de 2021. Sin embargo, dicha fecha fue prorrogada a finales del mes de Julio y por último, la resolución general (AFIP) 5019, publicada en el boletín oficial del 29/6/2021 prorrogó dichas fechas al mes de Agosto de 2021.

¿Cuándo vencen ganancias, bienes personales e impuesto cedular?

En tal sentido, tanto para ganancias como para bienes personales e impuesto cedular, correspondientes al período fiscal 2020, los vencimientos quedaron fijados según el siguiente detalle:

Terminación CUITPresentación DDJJPago
0, 1, 2 y 310/08/202111/08/2021
4, 5 y 611/08/202112/08/2021
7, 8 y 912/08/202113/08/2021

Como se ve, no solo se ha prorrogado la fecha de presentación de las declaraciones juradas sino también el pago de los saldos resultantes.

Las entidades profesionales han solicitado a la AFIP en reiteradas oportunidades que se concediera dicha prórroga ya que más allá de la situación de pandemia que se atraviesa y las restricciones establecidas en meses anteriores producto del incremento de casos de Covid19, las aplicaciones para la liquidación en la página web de la AFIP seguían sin estar a disposición de los contribuyentes, por tal motivo no se podía avanzar con la carga de información correspondiente.

Ahora bien, ya se encuentran disponibles en la web del Fisco los servicios respectivos para poder realizar la carga de las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2020.

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