Régimen Especial de Promoción del Trabajo Registrado. Reducción de contribuciones desde agosto de 2014. Presentación de DDJJ hasta el 28 de noviembre

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RÉGIMEN ESPECIAL DE PROMOCIÓN DEL TRABAJO REGISTRADO. REDUCCIÓN DE CONTRIBUCIONES DESDE AGOSTO DE 2014. PRESENTACIÓN DE DDJJ HASTA EL 28 DE NOVIEMBRE

Recordamos que el beneficio de reducción de contribuciones patronales establecido en el Título II de la ley 26940 tiene vigencia a partir del mes devengado agosto de 2014, no obstante, su utilización quedó supeditada a las adecuaciones que requería el Sistema Aplicativo SICOSS, cuya versión 31 se aprobó el pasado 10 de octubre mediante la resolución general (AFIP) 3684.
Es por ello que la resolución general (AFIP) 3683 dispuso que aquellos empleadores a los que les hubiera correspondido gozar de este beneficio a partir del mes devengado agosto de 2014 podrán presentar las declaraciones juradas correspondientes a dicho período y, en su caso, al devengado setiembre de 2014 -cuando hayan sido presentadas con anterioridad al 10 de octubre de 2014-, debiendo hacerlo por nómina completa, hasta el 28 de noviembre de 2014, en cuyo supuesto no serán de aplicación las disposiciones de la resolución general (AFIP) 3093, sobre imputación de saldos a favor del empleador emergentes de declaraciones juradas rectificativas.