RICHARD L. AMARO GÓMEZ
¿Qué tratamiento impositivo tienen los activos financieros, de renta fija y variable, en el AXI impositivo?
A estos fines recordemos que la renta financiera es la derivada de activos financieros. Estos se puedes dividir en dos:
- Activos financieros de renta fija: que son aquellos que, en general, se sabe de ante mano el rendimiento que producirán durante toda su vida útil, mientras se mantengan en el patrimonio. Por ejemplo, los títulos públicos, obligaciones negociables, plazos fijos, títulos de deuda, etc.
- Activos financieros de renta variable: que, en su contrapartida, son los que no se puede saber a ciencia cierta el rendimiento que producirán dado que ello depende tanto de variables internas como externas. Por ejemplo, las acciones, cuotas, participaciones societarias, cuotas partes de fondos comunes de inversión, certificado de participación en fideicomisos, etc.
En cuanto a su tratamiento en el ajuste por inflación impositivo, tanto estático como dinámico, tenemos.
Nota: los activos financieros variables (fuente argentina) son no computables salvo que se realicen durante el ejercicio (actividad de transformación). Ese caso, pasan a ser computables por su costo impositivo al momento de la venta. Ello con la finalidad de complementar el régimen de actualización del art. 93 de la ley del impuesto con el AXI impositivo.
Nota: el dinámico positivo se genera siempre que se adquieran durante el ejercicio y se mantengan al cierre.
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