Aporte Solidario: se concede medida cautelar de no innovar a contribuyente con pérdida de residencia fiscal

por
Aporte Solidario: se concede medida cautelar de no innovar a contribuyente con pérdida de residencia fiscal

El Juzgado Federal N° 2 de la Provincia de San Juan, ha concedido una medida cautelar de no innovar a favor de un contribuyente que perdió la residencia fiscal con anterioridad al 18/12/2020.

En el texto del pronunciamiento, se detalla que el contribuyente obtuvo el certificado de residencia transitoria el 30/12/2019 y el de residencia permanente el 29/2/2020.

Textualmente dice: “… informando el cambio de domicilio ante la AFIP, posee una vivienda única permanente en ese país y desarrolla sus labores de asesoramiento en MARTEC BVI CORPORATION, con lo que concluye que desde fines del año 2019 perdió la residencia argentina”.

Finalmente se resuelve: “Decretar medida cautelar de no innovar a favor del contribuyente y su responsable sustituto, en los términos del art. 15 de la Ley 26854 y ordenar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) se abstenga de aplicar lo dispuesto por la Ley 27.605, de intimar, ejecutar, determinar y/o exigir administrativa o judicialmente la falta de ingreso del impuesto a la riqueza, aplicar multas, embargos o cualquier otra medida indirecta, hasta el dictado de la sentencia definitiva en ésta causa”.

A continuación te compartimos el texto completo: