ARBA prorroga la suspensión de medidas cautelares en juicios de apremio

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La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires a través de la Resolución Normativa (ARBA Bs. As.) 29/2021 resolvió prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive, la abstención de solicitar medidas cautelares en juicios de apremio.

Destacamos que dicha Resolución Normativa comenzará a regir a partir del 1º de septiembre de 2021, inclusive.

En un principio, mediante la Resolución Normativa N° 26/2019, la Agencia resolvió no solicitar las medidas cautelares dispuestas en el artículo 14 del Código Fiscal en juicios de apremio, entre el 1° de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2019, inclusive, extendiendo dicho plazo por Resolución Normativa N° 47/2019, hasta el 31 de marzo de 2020, inclusive; por Resolución Normativa N° 12/2020, hasta el 31 de mayo de 2020, inclusive; y mediante Resolución Normativa N° 30/2020, hasta el 31 de julio de 2020, inclusive;

Posteriormente, se amplió dicho término extendiéndose, de conformidad con la Resolución Normativa N° 41/2020, hasta el 30 de septiembre de 2020, inclusive; mediante Resolución Normativa Nº 64/2020, hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive; y mediante Resolución Normativa Nº 14/2021, hasta el 31 de agosto de 2021, inclusive;

Por otra parte, ante el actual panorama sanitario, mediante el Decreto Nacional N° 260/2020 se amplió por el plazo de un 1 año la emergencia pública en materia sanitaria establecida en la Ley Nº 27541, en virtud de que la Organización Mundial de la Salud declaró la pandemia con relación al Coronavirus COVID-19; por su parte, el Decreto Nº 167/2021 dispuso la prórroga de dicha emergencia sanitaria hasta el día 31 de diciembre de 2021.

Luego, por medio del Decreto Provincial N° 132/2020 -ratificado por la Ley Nº 15174- y sus sucesivas prórrogas, se declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

En el marco de las regulaciones de emergencia citadas precedentemente y sus eventuales prórrogas, subsistiendo aún a la fecha dicho escenario de emergencia sanitaria y con el fin de aliviar la situación económica de los contribuyentes, la Agencia estimó necesario extender nuevamente el plazo durante el cual la misma no solicitará las medidas cautelares dispuestas en el artículo 14 del Código Fiscal en juicios de apremio.

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