¿Cómo es el nuevo procedimiento para cambiar de obra social?

por

MARCELA A. GÓMEZ(1)

La doctora Marcela Gómez analiza los puntos clave de la resolución de la (SSSal) 1216/2020, publicada en el Boletín Oficial el 2 de octubre, y describe cómo es el procedimiento para poder ejercer el derecho a la libre elección de obra social por parte de los beneficiarios y también la  anulación de la opción de cambio de obra social no suscripta por el beneficiario.

En tal sentido, destacamos que el cambio lo solicita el beneficiario utilizando el aplicativo disponible en la página web de la Superintendencia de Servicios de Saludhttps://www.argentina.gob.ar/realizar-opcion-de-cambio-para-personas-en-relacion-de-dependencia.

Recordamos que para beneficiarios titulares en relación de dependencia, la resolución entró en vigencia el día 16 de octubre de 2020 y para los beneficiarios monotributistas, monotributistas sociales y personal de casas particulares, entrará  el día 1º de diciembre de 2020

Opción de cambio de obra social. Modificaciones octubre 2020

INTRODUCCIÓN

El 2/10/2020 se publica en el Boletín Oficial la resolución (SSSal.) 1216/2020, que actualiza el procedimiento para el ejercicio del derecho de opción de cambio de obra social.

El resto de las cuestiones, relacionadas al Régimen Nacional de Obras sociales, continúan invariables y fueron tratadas en una colaboración anterior.(2)

A continuación se analizará la mencionada modificación en el circuito a realizar por los trabajadores que deseen ejercer dicho derecho.

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(1) Contadora pública nacional (UBA). Especializada en materia laboral y de la seguridad social. Expositora en cursos y seminarios realizados in company y en destacadas instituciones públicas y privadas del país