Bienes Personales
Deducciones personales en el impuesto a las ganancias 2019: caso práctico de un nuevo profesional
Frente al cercano vencimiento de la declaración jurada 2019, presentamos un caso práctico de las deducciones personales en el impuesto a las ganancias.
Liquidación de ganancias y bienes personales 2019: planilla de excel de Errepar exclusiva para suscriptores
Una vez más y como todos los años, ERREPAR pone a disposición del suscriptor una valiosa, útil y práctica herramienta que agiliza la tarea del profesional en la liquidación anual del impuesto a las ganancias, del impuesto cedular y sobre los bienes personales.
Claves de la aplicación web para la liquidación de bienes personales y ganancias 2019
Precisiones sobre la aplicación web para la liquidación de bienes personales y ganancias 2019: cómo solventar el “error” de deducciones generales, etc.
La Comunicación “A” (BCRA) 7030 y sus repercusiones en el sector empresarial
En la presente nota analizaremos las recientes modificaciones del Banco Central de la República Argentina (BCRA) que regulan y restringen el acceso al mercado de cambios para aquellos que quieran comprar divisas, y las consecuencias que generan tanto en el sector importador como en la economía en general.
El CPCE CABA solicitó a la AFIP medidas para el impuesto a las ganancias y bienes personales
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, en el día de ayer, le envió dos notas a la AFIP realizando propuestas vinculadas al Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.
Acciones y participaciones societarias: compensación y pago en cuotas
Dentro de los aspectos a tener en cuenta sobre el impuesto sobre los bienes personales que recae sobre las acciones y participaciones de las sociedades regidas por la ley 19550 (responsable sustituto -art. 25.1 de la ley del impuesto sobre los bienes personales L. 23966) es que los vencimientos para la presentación de la declaración jurada del período fiscal 2019 e ingreso del impuesto resultante no han sido prorrogados como sí ocurrió con el impuesto sobre los bienes personales correspondiente a las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en la resolución general (AFIP) 2151, cuyos vencimientos operaban durante el mes de junio de 2020 y se han trasladado al mes de julio.