Es oficial: se exime del impuesto a las ganancias a las remuneraciones del personal de salud y fuerzas armadas
Se exime del impuesto a las ganancias, desde el 1/3/2020 y hasta el 30/9/2020, a las remuneraciones devengadas en concepto de:
Se exime del impuesto a las ganancias, desde el 1/3/2020 y hasta el 30/9/2020, a las remuneraciones devengadas en concepto de:
Se aclara que, respecto a las deducciones generales en las que se toma como tope la Ganancia No Imponible o un porcentaje sobre la misma, se debe considerar el monto general establecido en el inciso a) del artículo 30 de la LIG.
El 29/5/2020, vence la liquidación en sí, y la presentación en AFIP del Archivo txt, para que AFIP luego arme el Formulario 1357 que pondrá a disposición de los empleados/as en el Sistema de Registro de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG-Trabajador).
El Dr. Ezequiel Passarelli responde algunas de las consultas frecuentes de los profesionales acerca las declaraciones juradas año 2019, en un didáctico artículo difundido por la Editorial Errepar a través del Micrositio de Ganancias y Bienes Personales 2019. Conocé su análisis al respecto.
El Dr. Ezequiel Passarelli analiza el resultado por venta de inmuebles obtenido por personas humanas residentes del país en su artículo titulado «Algunas cuestiones a tener en cuenta para las declaraciones juradas año 2019″, difundido por la Editorial Errepar a través del Micrositio de Ganancias y Bienes Personales 2019. Conocé su análisis al respecto.