El Banco Central de la República Argentina publicó la Comunicación A 7348, por medio de la cual permite que las empresas que obtengan nuevo financiamiento del exterior puedan aplicarlo al pago de deudas comerciales, ampliando así las posibilidades de acceder a divisas.
De esta forma dispone que los clientes que registren liquidaciones de nuevos endeudamientos financieros del exterior queden exceptuados del requisito de conformidad previa del BCRA para acceder al mercado de cambios para la cancelación a partir del vencimiento del capital de deudas comerciales por la importación de bienes y servicios vigentes al 30 de junio de 2021.
El nuevo endeudamiento financiero con el exterior debe tener una vida promedio no inferior a los 2 (dos) años y no registrar vencimientos de capital como mínimo hasta tres meses después de su liquidación en el mercado de cambios.
La entidad debe contar con una declaración jurada del cliente en la que conste que no ha utilizado este mecanismo por un monto superior al equivalente a USD 5 millones (cinco millones de dólares estadounidenses) incluyendo la certificación que se solicita.
La certificación podrá ser utilizada dentro de los 5 (cinco) días hábiles de la liquidación de los fondos del nuevo endeudamiento financiero con el exterior y la entidad emisora deberá remitirla a la entidad por las cual el cliente desee acceder al mercado de cambios.