El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores, mediante la Resolución 4266/2022, modificó el Plan de Facilidades de Pago de Deudas de la Seguridad Social para el periodo 2022, destinado a empleadores rurales de todo el país con el objeto de cancelar las obligaciones de la seguridad social adeudadas al 31/12/2022.
Se indica que no podrán acceder a los beneficios del Plan aquellos empleadores que se encuentren comprendidos en cualquiera de los indicadores, presunciones y/o denuncias de explotación, trata de personas y/o trabajo infantil en cualquiera de los estadios procesales o administrativos.
Tampoco podrán hacerlo aquellos empleadores que se encuentren calificados como infractores y/o reincidentes, ni aquellos a los que el RENATRE haya detectado trabajadores no declarados ante AFIP a través de relevamientos realizados en los dos años anteriores a la fecha de suscripción del convenio de pago.
Aún cuando el empleador haya procedido a la regularización tardía, si el RENATRE detectara otras irregularidades en cuanto a la registración de trabajadores ante AFIP, el empleador no podrá acceder a los beneficios del plan de pagos por un periodo de dos años y en el caso de que tuviera un plan vigente operará su caducidad en forma automática.
Tampoco podrán acceder al plan de facilidades de pagos aquellos empleadores que hayan suscripto un plan de pagos y que el mismo se encuentre vigente en mora.
Además, se derogó la exigencia de que para adherir al Plan de Pagos se debía tener abonada la contribución RENATRE autodeclarada correspondiente al último período fiscal vencido.