Mediante el Decreto 426/2022, publicado hoy en el Boletín Oficial, se restringen los regímenes de contratación de personal para prestar servicios en el ámbito del Sector Público Nacional a partir de hoy y hasta el 31 de diciembre de 2023, con miras a garantizar un ejercicio eficiente y responsable del presupuesto nacional.
Se aclara que estas limitaciones no deben ir en desmedro de la posibilidad de realizar designaciones y contrataciones de personal cuando se cumplan las condiciones de criticidad o necesidad estratégica para el funcionamiento de áreas esenciales.
Prohibiciones de contratar
Quedan prohibidas las designaciones y contrataciones de personal en el ámbito de las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional, como ser las designaciones a término en las Plantas Transitorias previstas por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional; las contrataciones de personal por tiempo determinado, exclusivamente para la prestación de servicios de carácter transitorio o estacional; las contrataciones por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial y de trabajo eventual; las contrataciones para la prestación de servicios profesionales autónomos; las designaciones transitorias en cargos simples de la planta permanente y las contrataciones de personal con o sin relación de dependencia, bajo cualquier modalidad previstas en estatutos especiales o fuentes de financiamiento no presupuestarias.
Contrataciones permitidas
Se exceptúa expresamente de las prohibiciones de contrataciones y designaciones, a las siguientes:
- Designaciones en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; en las Universidades; en el Servicio Exterior de la Nación; en el Cuerpo de Guardaparques Nacionales; en el Sistema Nacional de Manejo del Fuego y en el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud; en el Servicio Penitenciario Federal y en las Fuerzas Armadas y de Seguridad, excluido su personal civil.
- Cobertura de cargos o contrataciones que no puedan postergarse por su especificidad técnica, profesional, criticidad o riesgo operativo;
- Cobertura de unidades organizativas incorporadas al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP);
- Prórrogas de designaciones transitorias y de contratos;
- Designaciones de Personal de Gabinete;
- Designaciones transitorias y contrataciones, cuando a partir de una renuncia, jubilación, vencimiento del plazo, retiro voluntario, cancelación de las designaciones transitorias, conclusión o rescisión del contrato, sanción expulsiva o fallecimiento producidos durante los años 2021 y 2022, se pueda disponer del cargo o de la partida presupuestaria asignada a la modalidad contractual de que se trate, y siempre que respondan a condiciones de criticidad o necesidad estratégica para el funcionamiento del área;
- Designaciones en las plantas permanentes en el ámbito de la Administración Central y los Organismos Descentralizados, como resultado de procesos de selección de personal, ya iniciados o aquellos que se inicien en el futuro mediante convocatorias internas.
- Cobertura de cargos o contrataciones que hagan al cumplimiento del Cupo de Discapacidad instaurado a través de la Ley 22431;
- Cobertura de cargos o contrataciones que hagan al cumplimiento del Cupo para personas travestis, transexuales y transgénero instaurado por la Ley 27636;
- Designaciones y contrataciones que se efectúen como consecuencia de cambios del régimen de prestación de servicios aplicable al personal de una jurisdicción o ente descentralizado, siempre que esas modificaciones no afecten el monto de presupuesto destinado a tales fines.
Aclaración
No estarán alcanzadas en la prohibición las tramitaciones de designaciones y contrataciones de personal iniciadas antes del 11 de Julio de 2022 y que aún no estuvieran concluidas.