Industria automotriz-autopartista y su cadena de valor: Ley de Promoción de Inversiones

por

Mario J. Rapisarda

Por medio de la ley 27686, se declara a la Industria Automotriz-Autopartista como Industria Estratégica en la República Argentina y se crea el Programa de Fomento a nuevas inversiones de la industria automotriz-autopartista con beneficios en IVA, Ganancias y derechos de exportación.

El programa comprende las inversiones en bienes de capital nuevos y las obras de infraestructura relacionados con la industria automotriz-autopartista.

Las personas jurídicas constituidas en la República Argentina o habilitadas para actuar dentro de su territorio podrán acceder a los siguientes beneficios:

  • Devolución del saldo a favor técnico remanente proveniente de inversiones, que no hubiera sido computado en los 3 períodos fiscales siguientes al de su generación,
  • Amortización acelerada de los bienes de capital y de las obras de infraestructuras en el impuesto a las ganancias,
  • Reducción de la alícuota al 0% de los derechos de exportación hasta el 31/12/2031.
suscrpción impuestos

El Programa comprende las inversiones en bienes de capital nuevos y obras de infraestructura -excluidas las obras civiles ajenas al proceso industrial, (con el alcance que precise la autoridad de aplicación)- realizadas por empresas industriales radicadas en la República Argentina y destinadas directamente a la producción de los bienes y/o desarrollo de las siguientes actividades:

  • a) Automóviles;
  • b) Utilitarios de hasta mil quinientos kilogramos (1.500 kg) de capacidad de carga;
  • c) Comerciales livianos de más de mil quinientos kilogramos (1.500 kg) y hasta cinco mil kilogramos (5.000 kg) de capacidad de carga;
  • d) Camiones, chasis con y sin cabina y ómnibus;
  • e) Motores de combustión interna, híbridos, eléctricos, a gas natural licuado, a gas natural comprimido, a biogás, a celdas de combustible, y todo tipo de biocombustible, y otros, y sus componentes de los bienes comprendidos en los puntos precedentes; como así también cajas de transmisión; ejes con diferencial; sus componentes y otros sistemas de autopartes, conjuntos y subconjuntos y otras partes y piezas.
  • f) Procesos industriales (pintura, mecanizado, forja y fundición, entre otros) de los bienes comprendidos en los puntos precedentes.

Por otra parte, la presente ley también extiende hasta el 31/12/2027 el plazo para que las empresas interesadas en acceder a los beneficios de la ley de desarrollo al autopartismo argentino -L. 27263- puedan solicitar su incorporación al mismo, pudiendo usufructuar los beneficios que establece el citado régimen.

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