AFIP. Multas por presunción de relación laboral. Improcedencia. Reintegro de multa al contribuyente

por

Jurisprudencia. AFIP. Aplicación de multas por presunción de relación laboral. Improcedencia. Reintegro de la multa al contribuyente - “LACI SRL c/MTESS s/impugnación de deuda”“LACI SRL c/MTESS s/impugnación de deuda” – 10/3/2016

La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social determinó que la presunción del artículo 23 de la LCT no puede ser interpretada globalmente si se persigue el cobro de aportes omitidos basándose en una supuesta relación de dependencia, por lo cual el organismo actuante debe acreditar dicha relación en cada uno de los casos en que pretenda que la supuesta vinculación laboral genera obligaciones previsionales. Aclara además que aunque la situación planteada sea dudosa, debe priorizarse el principio de inocencia y en tanto no se logre demostrar plenamente la existencia de una relación laboral en la extensión y cuantía que presume el organismo, deben desestimarse los cargos formulados.

Acceda al fallo.

Fuente: Editorial Errepar