En la noche de ayer, la Cámara de Senadores de la Nación aprobo por unanimidad el proyecto de ley de alivio fiscal para los trabajadores monotributistas y autónomos. También en Diputados la ley había sido votada por unanimidad.
Este alivio fiscal dispone que los montos máximos de facturación para los monotributistas de las categorías A, B, C y D se actualizarán en un 60% y el resto, de la E a la K, en 29,12%.
Las nuevas categorías, a partir de julio de 2022, quedan de la siguiente manera:
Categoría | Monto de facturación |
A | $748.382,07 |
B | $1.112.459,83 |
C | $1.557.443,75 |
D | $1.934.273,04 |
E | $2.277.684,56 |
F | $2.847.105,70 |
G | $3.416.526,83 |
H | $4.229.985,60 |
I | $4.734.330,03 |
J | $5.425.770,00 |
K | $6.019.594,89 |
Además, para las categorías A y B se establece que estarán exentas del componente impositivo. Este beneficio aplicará a los monotributistas considerados “puros”, es decir, a aquellos que no tienen otros ingresos, ya sea por jubilaciones, relación de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles, por ejemplo.
En cuanto a los trabajadores autónomos sujetos al impuesto a las Ganancias, se estableció una suba de las deducciones a fin de que el mínimo no imponible quede más cercano al que aplica a los empleados en relación de dependencia.
El incremento en la deducción especial, es de 2,5 veces. Asimismo, para nuevos profesionales se eleva en 3 veces.
Charla con especialistas
El lunes 27 de junio, los Dres. Hernán D´Agostino y Mario Rapisarda brindaron una charla abierta donde comentaron todos los detalles de la medida.