Neuquén establece beneficios impositivos para los últimos meses del año 2021

por

La provincia de Neuquén establece medidas excepcionales para la reactivación económica.

Provincia de Neuquén pinneada en un mapa de Argentina

Mediante el Decreto 1637/2021 se dispone para los períodos 9, 10, 11 y 12 del 2021 la reducción de anticipos mínimos del impuesto sobre los ingresos brutos, cuotas del Régimen Simplificado, y alícuotas de ingresos brutos y la creación de plan de facilidades de pago para agentes de recaudación

Reducción del impuesto sobre los ingresos brutos

Se reduce en un 50% el importe mínimo mensual a computar por actividad en el impuesto sobre los ingresos brutos a contribuyentes directos para los anticipos 9, 10, 11 y 12/2021.

Reducción del Régimen Simplificado

Se reduce en un 50% el pago de los importes mensuales que corresponden a todas las categorías del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para los períodos fiscales 9/2021, 10/2021, 11/2021 y 12/2021.

Alícuota para la Comercialización directa de vehículos automotores nuevos

Se fija , de manera excepcional, la alícuota del 1,5% para las actividades relacionadas con la Comercialización directa de vehículos automotores nuevos, por los períodos fiscales 9/2021, 10/2021, 11/2021 y 12/2021.

Plan de pagos para obligaciones fiscales de los agentes de retención, recaudación y/o percepción

Se establece un régimen excepcional de regularización para obligaciones fiscales de los agentes de retención, recaudación y/o percepción de tributos cuya recaudación administra la Dirección Provincial de Rentas de la provincia del Neuquén.

Se podrá incluir en el mismo deuda contraída con anterioridad a la vigencia del presente decreto, de acuerdo a la Reglamentación que dicte la Dirección Provincial de Rentas .

Asimismo, se autoriza el pago hasta en 6 cuotas, considerándose a la primera de ellas con carácter de anticipo, operando la quita del 100% del recargo por simple mora . El interés de financiación será calculado según la tasa de interés vigente a la fecha de consolidación de la deuda.

Los agentes podrán regularizar su situación fiscal mediante la adhesión al presente régimen hasta el día 31 de diciembre de 2021 inclusive.

suscrpción impuestos

Reducción de alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos

Se reducen ,de manera excepcional, en un 50%, las alícuotas aplicables por los períodos fiscales 9/2021, 10/2021, 11/2021 y 12/2021 para las actividades actividades relacionadas con servicios de transporte, hotelería y restaurantes, servicios de salud entre otras, que detallamos a continuación:

Servicios de transporte:

  • 491209 Servicio de transporte ferroviario de cargas.
  • 492120 Servicios de transporte automotor de pasajeros mediante taxis y remises; alquiler de autos con chofer.
  • 492130 Servicio de transporte escolar.
  • 492140 Servicio de transporte automotor urbano y suburbano no regular de pasajeros de oferta libre, excepto mediante taxis y remises, alquiler de autos con chofer y transporte escolar.
  • 492160 Servicio de transporte automotor interurbano no regular de pasajeros.
  • 492170 Servicio de transporte automotor internacional de pasajeros.
  • 492180 Servicio de transporte automotor turístico de pasajeros.
  • 492190 Servicio de transporte automotor de pasajeros no clasificado en otra parte.
  • 492210 Servicios de mudanza.
  • 492221 Servicio de transporte automotor de cereales.
  • 492229 Servicio de transporte automotor de mercaderías a granel no clasificado en otra parte.
  • 492230 Servicio de transporte automotor de animales.
  • 492240 Servicio de transporte por camión cisterna.
  • 492250 Servicio de transporte automotor de mercaderías y sustancias peligrosas.
  • 492280 Servicio de transporte automotor urbano de carga no clasificado en otra parte.
  • 492299 Servicio de transporte automotor de cargas no clasificado en otra parte.
  • 501100 Servicio de transporte marítimo de pasajeros.
  • 501209 Servicio de transporte marítimo de carga.
  • 502101 Servicio de transporte fluvial y lacustre de pasajeros.
  • 502200 Servicio de transporte fluvial y lacustre de carga.
  • 511000 Servicio de transporte aéreo de pasajeros.
  • 512000 Servicio de transporte aéreo de cargas.
  • 801010 Servicio de transporte de caudales y objetos de valor.
  • 491110 Servicio de transporte ferroviario urbano y suburbano de pasajeros.
  • 491120 Servicio de transporte ferroviario interurbano de pasajeros.
  • 492110 Servicio de transporte automotor urbano y suburbano regular de pasajeros.
  • 492150 Servicio de transporte automotor interurbano regular de pasajeros, excepto transporte internacional.

No se encuentran alcanzados por la reducción los servicios de transportes relacionados con la actividad hidrocarburífera.

Servicios relacionados con la hotelería y restaurantes:

  • 551010 Servicios de alojamiento por hora.
  • 551021 Servicios de alojamiento en pensiones.
  • 551022 Servicios de alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares, excepto por hora, que incluyen servicio de restaurante al público.
  • 551023 Servicios de alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares, excepto por hora, que no incluyen servicio de restaurante al público.
  • 551090 Servicios de hospedaje temporal no clasificados en otra parte.
  • 552000 Servicios de alojamiento en campings.
  • 561011 Servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo.
  • 561012 Servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo.
  • 561013 Servicios de fast food y locales de venta de comidas y bebidas al paso.
  • 561014 Servicios de expendio de bebidas en bares.
  • 561019 Servicios de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador no clasificados en otra parte.
  • 562091 Servicios de cantinas con atención exclusiva a los empleados o estudiantes dentro de empresas o establecimientos educativos.

Otros servicios:

  • 62010 Servicios de preparación de comidas para empresas y eventos.
  • 591110 Producción de filmes y videocintas.
  • 591120 Posproducción de filmes y videocintas.
  • 591300 Exhibición de filmes y videocintas.
  • 681010 Servicios de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas, convenciones y otros eventos similares.
  • 791201 Servicios mayoristas de agencias de viajes, excepto en comisión.
  • 791901 Servicios de turismo aventura.
  • 791909 Servicios complementarios de apoyo turístico no clasificados en otra parte.
  • 900011 Producción de espectáculos teatrales y musicales.
  • 900021 Composición y representación de obras teatrales, musicales y artísticas.
  • 900030 Servicios conexos a la producción de espectáculos teatrales y musicales.
  • 900091 Servicios de espectáculos artísticos no clasificados en otra parte.
  • 931010 Servicios de organización, dirección y gestión de prácticas deportivas en clubes.
  • 931020 Explotación de instalaciones deportivas, excepto clubes.
  • 931030 Promoción y producción de espectáculos deportivos.
  • 931041 Servicios prestados por deportistas y atletas para la realización de prácticas deportivas.
  • 931042 Servicios prestados por profesionales y técnicos para la realización de prácticas deportivas.
  • 931050 Servicios de acondicionamiento físico.
  • 931090 Servicios para la práctica deportiva no clasificados en otra parte.
  • 939010 Servicios de parques de diversiones y parques temáticos.
  • 939020 Servicios de salones de juegos
  • 939030 Servicios de salones de baile, discotecas y similares.
  • 939090 Servicios de entretenimiento no clasificados en otra parte.

Servicios de la salud y de la educación:

  • 851010 Guarderías y jardines maternales.

Actividades de intermediación o toda actividad mediante la cual se perciban comisiones, bonificaciones, porcentajes u otras retribuciones análogas, tales como consignaciones o aquellas que tributen sobre una base imponible especial y no tengan previsto otro tratamiento en la ley 3274.

  • 791102 Servicios minoristas de agencias de viajes en comisión.
  • 791202 Servicios mayoristas de agencias de viajes en comisión.