Se prorroga la moratoria impositiva para mipymes
Se prorrogan al 29/5/2020 las mejores condiciones en materia de cantidad de cuotas y un menor pago a cuenta al que pueden acceder las mipymes por la moratoria por obligaciones vencidas al 30/11/2019.
Se prorrogan al 29/5/2020 las mejores condiciones en materia de cantidad de cuotas y un menor pago a cuenta al que pueden acceder las mipymes por la moratoria por obligaciones vencidas al 30/11/2019.
La ley de solidaridad social y reactivación productiva estableció, entre otras medidas, un régimen de regularización de obligaciones tributarias, de los recursos de la seguridad social y aduaneras vencidas al 30 de noviembre de 2019 para aquellos contribuyentes que hasta el día 30 de abril de 2020 inclusive obtengan el “Certificado MiPyME”, y para las entidades civiles sin fines de lucro.
La AFIP reglamenta la moratoria para las MiPyMEs, monotributistas, autónomos y entidades sin fines de lucro (Cooperativas, Cooperadoras, clubes de barrio, etc.), según lo dispuesto por la ley 27541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
El doctor Pablo A. Figueredo describe los nuevos beneficios que surgen a partir de la sanción de la Ley 27541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que alcanzan exclusivamente a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que cuenten con Certificado MIPYME.