Régimen de información de planificaciones fiscales: avance en la justicia

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Cynthia L. Sleiman – Departamento de Contenidos, Impuestos

La AFIP, por medio de la RG (AFIP) 4838 publicada en el Boletín Oficial del día 20/10/2020, implementó un Régimen de Información de Planificaciones Fiscales a cargo de los contribuyentes y los asesores fiscales de los mismos.

Este régimen comprende tanto a las planificaciones fiscales nacionales como a las internacionales.
A tal efecto, la norma aclara que una “Planificación Fiscal” es todo acuerdo, esquema, plan y cualquier otra acción de la que resulte una ventaja fiscal, una disminución de la materia imponible o cualquier otro tipo de beneficio a favor de los contribuyentes comprendidos en ella, que se desarrolle en la República Argentina y/o la involucre y a una o más jurisdicciones del exterior, según se trate de planificaciones nacionales o internacionales.

Recordamos que, en diciembre de 2020, los 24 Consejos Profesionales de Ciencias Económicas presentaron un reclamo administrativo ante la AFIP solicitando la derogación del Régimen de Planificaciones Fiscales -RG (AFIP) 4838- y también que se suspenda la aplicación del mismo mientras se tramita el reclamo.

Posteriormente, los Consejos presentaron, cada uno en su respectiva jurisdicción, un reclamo en la Justicia Federal con el fin de que se imponga una medida cautelar para derogar el citado Régimen.

Señalamos que en varias jurisdicciones se habilitó la feria para el tratamiento de las medidas cautelares interpuestas.

Detallamos a continuación las sentencias que ya suspendieron el régimen:
Santa Cruz
Tierra del Fuego
San Luis
Jujuy
Buenos Aires
Córdoba
Chubut

Por su parte, la AFIP desestimó el reclamo administrativo presentado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Cruz. En los considerandos la AFIP argumenta que el Consejo Profesional no tendría legitimación para representar a sus matriculados en el reclamo interpuesto ante el Organismo. Asimismo aclara que el Fisco tiene facultades para implementar medidas para garantizar el cumplimiento regular de sus funciones y evitar conductas que resulten lesivas para la percepción de tributos.

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Por otro lado el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11, rechazó la medida cautelar de suspensión del Régimen de Información de Planificaciones Fiscales interpuesta por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la CABA. Para acceder al texto click aquí.

No obstante el Consejo Profesional presentó con fecha 23/2/2021 la apelación en relación con el rechazo de la medida cautelar comentada precedentemente y solicitó que se les conceda el recurso para fundarlo con el fin de que la Cámara de Apelaciones lo revoque.

Y también informan a sus matriculados que en caso que la apelación sea rechazada y se confirmase la resolución recurrida, no haciendo lugar a la medida cautelar solicitada, se mantendrá expresa reserva del Caso Federal oportunamente planteada, por violación de derechos y garantías de neta raigambre Constitucional como el de legalidad, de reserva, de trabajar y ejercer toda industria lícita, defensa en juicio de los profesionales matriculados y violación del debido proceso legal adjetivo violatorio del régimen jurídico vigente.

Provincia de Buenos Aires

El Consejo de Provincia de Buenos Aires, informa a través de su página web que el día  04/02/2021, la AFIP dictó una resolución rechazando el recurso administrativo presentado y solicita al Juzgado Federal que, deje sin efecto la medida cautelar dictada. El 05/02/2021, el magistrado interviniente declara abstracta la misma.

Posteriormente, el día 9/2/2021, (respetando el plazo de 10 días fijado en art. 8 de la ley 26854), se inició la demanda impugnativa de nulidad, en los términos del artículo 24 inciso a) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 (t.v.), contra la Resolución de la AFIP identificada como RESOL-2021-5-E-AFIP-DGI de fecha 2 de febrero de 2021. En tal sentido se solicitó el dictado de una medida cautelar de no innovar. La misma aún se encuentra pendiente de resolución.

En tal sentido el Consejo de la Provincia de Buenos Aires aclara: “… Es importante destacar que todos los planteos realizados por nuestra Institución tienen alcance para sus matriculados, no alterando la obligación de cumplimiento de las normas cuestionadas por parte de los contribuyentes”.

Segunda Etapa: Demanda Judicial

Ante la contestación de AFIP confirmando la procedencia de la RG (AFIP) 4838, los 24 Consejos interpusieron demanda judicial acompañada de un pedido de una medida cautelar que suspenda los efectos hasta que se resuelva la discusión de fondo.

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Tierra del Fuego ha obtenido la primera cautelar, lo que significa que sus profesionales no están obligados a cumplir con el régimen de planificaciones fiscales.

Para ver la medida cautelar otorgada a Tierra del Fuego, haga click aquí.

Por su parte, el Consejo de la Provincia de San Luis también obtuvo la medida cautelar, suspendiendo la aplicación del régimen de información de planificaciones fiscales mientras se tramita el proceso. Para ver la sentencia de San Luis, haga click aquí.

Asimismo la justicia le concedió la medida cautelar al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Córdoba y suspendió las aplicación de la RG (AFIP) 4838 para sus matriculados. Para ver la sentencia de la Provincia de Córdoba de fecha 15/3/2021, haga click aquí.

En el mismo sentido la Justicia de la Provincia de Mendoza, con fecha 16/3/2021 suspendió la aplicación del “Régimen de Información de Planificaciones Fiscales” para sus matriculados, hasta que exista decisión definitiva en la causa o por un plazo de 6 meses, lo que ocurra primero. Para ver la sentencia de la Provincia de Mendoza, haga click aquí.

La Justicia de la Provincia de San Juan otorga la medida cautelar a favor de los profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de San Juan suspendiendo la aplicación para sus matriculados del régimen de información. Para ver la sentencia de la Provincia de San Juan, haga click aquí.

La Justicia de la Provincia de Neuquén también otorga la medida cautelar a los profesionales en Ciencias Económicas matriculados en el Consejo Profesional Provincial, suspendiendo para ellos la aplicación del régimen de información. Para ver la sentencia de la Provincia de Neuquén, haga click aquí.

La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca el día 28/7/21 confirmó el fallo de primera instancia que dispuso la suspensión cautelar de la RG (AFIP) 4838 para los profesionales en Ciencias Económicas matriculados en la provincia de Neuquén. Para ver la confirmación de la medida cautelar haga click aquí.

Por su parte la Justicia de la Provincia de Santa Fe, con fecha 19/4/2021 también otorga la medida cautelar a los profesionales en Ciencias Económicas matriculados en el Consejo Profesional Provincial, suspendiendo para ellos la aplicación del régimen de información. Para ver la sentencia de la Provincia de Santa Fe, haga click aqui.

Por su parte y en el mismo sentido, con fecha 21/4/2021, la Justicia de Tierra del Fuego también otorga la medida cautelar a los profesionales en Ciencias Económicas matriculados en el Consejo Profesional Provincial, suspendiendo para ellos la aplicación del régimen de información. Para ver la sentencia de la Provincia de Tierra del Fuego, haga click aquí.

Asimismo, la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, el día 26 de julio de 2021, confirmó el fallo de primera instancia que dispuso la suspensión cautelar de la RG (AFIP) 4838 por el plazo de seis meses para los profesionales en Ciencias Económicas matriculados en el Consejo Profesional Provincial de Tierra del Fuego, suspendiendo para ellos la aplicación del régimen de información.

Para ver la confirmación de la medida cautelar, haga click aquí.

Por otro lado, la Federación Argentina de Colegios de Abogados también obtuvo la medida cautelar a su favor y la Justicia suspendió la aplicación del Régimen de Información para los Abogados en ejercicio profesional. Para ver la sentencia completa haga click aquí.

En el mes de mayo de 2021, la Justicia falló a favor del Consejo Profesional de ciencias Económicas de Jujuy. Para ver la sentencia completa haga click aquí.

Posteriormente, en el mes de Julio de 2021, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de La Pampa obtuvo a su favor la medida cautelar que suspende para sus matriculados el Régimen de Inforamción de Planificaciones Fiscales. Para ver la sentencia completa haga click aquí.

El pasado 13 de agosto de 2021, el Juzgado Federal de Salta N°1 hizo lugar a la medida cautelar solicitada en la causa “Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de la Ciudad de Salta Asociación Civil c/ Poder Ejecutivo Nacional y otro s/amparo colectivo”. En la misma se exceptúa a los profesionales en ciencias económicas nucleados y representados por el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Salta de la carga de cumplir con el Régimen de información de Planificaciones Fiscales. Para ver la sentencia completa haga click aquí.

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