Rentas del trabajo en relación de dependencia. Se incrementa el mínimo no imponible y la deducción especial para los haberes que se abonen en los meses de septiembre a diciembre de 2019

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Rentas del trabajo en relación de dependencia. Se incrementa el mínimo no imponible y la deducción especial para los haberes que se abonen en los meses de septiembre a diciembre de 2019

La AFIP incrementa en un 20% el mínimo no imponible y la deducción especiales del impuesto a las ganancias para los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores y difunde las tablas mensuales para efectuar las retenciones del impuesto en relación a las remuneraciones y/o haberes que se abonen en los meses de septiembre a diciembre de 2019.
Los nuevos importes anuales incrementados son los siguientes:
Ganancia no imponible [art. 23, inc. a)]: $ 103.018,79
Deducción especial [art. 23, inc. c)]: $ 494.490,17
Señalamos que las cargas de familia (cónyuge e hijos) no han sido incrementadas y que la presente medida es de aplicación inmediata, no obstante requiere una ratificación legislativa del Congreso Nacional.
Con relación a las diferencias que surjan en la liquidación por la aplicación de los nuevos importes y las mismas generen saldo a favor de los sujetos retenidos, deberán ser reintegradas en 2 cuotas iguales en los meses de septiembre y octubre de 2019, exteriorizadas inequívocamente en los recibos de sueldo correspondientes bajo el concepto “Beneficio Decreto 561/19”.

Acceda a la Resolución General (AFIP) 4546