El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, mediante la resolución 488/2021 (BO: 23/8/2021), estableció que el plazo para la inscripción al “Programa REPRO II” y al “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos” para el período correspondiente a los salarios devengados de agosto de 2021 estará comprendido entre el 25 y el 31 de agosto de 2021, inclusive.
Criterios de preselección del programa REPRO II para los salarios de agosto de 2021
El “Programa REPRO II” consiste en una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores adheridos al Programa.
El citado programa es una opción para las empresas que, sufren una contracción relevante en la facturación y la producción debido a la situación provocada por la pandemia del COVID-19.
La resolución 488/2021, determina las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa REPRO II, de acuerdo al siguiente detalle.
- Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP): Julio de 2019 y Julio de 2021.
- Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
- Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Julio 2021.
- Corte de actualización de bajas de nómina: 24 de Agosto
- Corte de actualización CBU: 23 de Agosto inclusive
Criterios de preselección del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores Independientes en sectores críticos
Recordamos que por medio de la resolución (MTESS) 201/2021 se estableció el “Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente” y luego por la resolución (MTESS) 266/2021 se amplió a trabajadoras y trabajadores independientes en sectores críticos, cambiando su denominación por “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos”.
Los criterios de preselección para acceder a los beneficios del programa en el mes de agosto son:
- Presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre Julio 2021 y Julio 2019.
- Periodo de referencia de pagos a acreditar:
- Autónomos de 12/2020 hasta 06/2021
- Monotributo de 1/2021 hasta 7/2021
Resolución (MTESS) 488/2021