Ganancias 4º categoría: aclaración sobre las deducciones generales para la liquidación anual 2019

Se aclara que, respecto a las deducciones generales en las que se toma como tope la Ganancia No Imponible o un porcentaje sobre la misma, se debe considerar el monto general establecido en el inciso a) del artículo 30 de la LIG.

Por la crisis del coronavirus, piden aumentar impuestos al sector financiero en la provincia de Buenos Aires y CABA, como ya lo hizo la Pampa

El puntapié inicial lo dió la Provincia de La pampa, cuando hace unos días publicaba la RG (DGR La Pampa) 20/2020, mediante la cual reglamentó la forma de liquidación del incremento del 100% de las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos aplicables a bancos u otras instituciones financieras.

Implicaciones contables de los efectos potenciales del COVID-19 para el año 2020

El COVID-19 sigue impactando fuertemente a la economía mundial de diversas maneras y está afectando a la producción de bienes y servicios, creando serios problemas en la cadena de suministro, en el mercado y en los negocios. Las respuestas que los diferentes países dan a la misma -aunque lamentablemente sin ninguna coordinación y cooperación mutua- cambian o se transforman vertiginosamente, lo cual genera un nivel de incertidumbre como quizás nunca lo hemos visto en el pasado e inquietud creciente, de grado variable, en los distintos actores de las sociedades, comunidades o grupos sociales.

Deudores en terapia intensiva: actualidad sobre proyectos de ley de concursos y quiebras

Adelantamos una colaboración del doctor Germán Mozzi donde realiza un análisis comparativo de los distintos proyectos de ley que se encuentran en estado parlamentario y que combinan medidas de emergencia transitorias y otras permanentes, propias de la materia concursal, que potencian la efectividad de los remedios que reclaman vastos sectores económicos y sociales afectados incluso desde antes de la emergencia sanitaria del COVID-19, y que hoy atraviesan una situación mucho más grave y urgente.

Se exime del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias al Fondo de Garantías Argentino (FoGAr)

Se exime al Fondo de Garantías Argentino (FoGAr) así como a los fondos de afectación específica que se constituyan en el marco de la ley de fomento a las micro, pequeñas y medianas empresas del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias a las cuentas utilizadas en el desarrollo específico de su actividad, desde el 31 de marzo de 2020, permitiendo de esta forma una reducción de costos inherentes a la formalización de las operaciones.