El diferimiento del Ajuste por Inflación Impositivo: una consulta frecuente
Una consulta frecuente entorno al diferimiento del ajuste por inflación impositivo, planteada como un caso práctico.
Una consulta frecuente entorno al diferimiento del ajuste por inflación impositivo, planteada como un caso práctico.
El día jueves 11 de febrero se llevó realizó la charla virtual con el Dr. Martín Kerner y la Dra. Romina Franco para comentar los tips a la hora de aplicar los cierres contables del 2020.
El autor aborda una consulta frecuente de los contribuyentes sobre si los quebrantos son actualizables por el art. 93 de la LIG a partir de la reforma.
El Dr. Ricardo Fuster nos brinda algunos apuntes constitucionales sobre el proyecto de ley de un aporte solidario y extraordinario sobre los patrimonios de las personas humanas, que desde el pasado viernes está en tratamiento en la Cámara de Diputados de la Nación.
Marcó del Pont señaló que se está trabajando sobre un sistema tributario que privilegie la producción, la equidad, la igualdad.
El Dr. Ezequiel Passarelli responde cuatro consultas frecuentes de los profesionales en su artículo titulado «Algunas cuestiones a tener en cuenta para las declaraciones juradas año 2019″, difundido por la Editorial Errepar a través del Micrositio de Ganancias y Bienes Personales 2019.
En primer lugar, vamos a hacer un pequeño repaso en cuanto a las modificaciones introducidas a la ley del impuesto a las ganancias en lo referido al ajuste por inflación impositivo: la ley 27468 (BO: 4/12/2018) reemplaza la utilización del índice de precios internos al por mayor (IPIM) por el índice de precios al consumidor nivel general (IPC)
La nueva aplicación web de ajuste por inflación impositivo de Errepar es una valiosa herramienta práctica desarrollada para facilitar el trabajo de los contadores hoy. Probá la app a través del siguiente enlace y suscribite a Errepar para tener acceso total a este y otros instrumentos indispensables para los estudios contables.
Como consecuencia de esta desvalorización, se estableció como obligatorio que los Estados Contables deben ser ajustados por inflación para los ejercicios cerrados desde el 1 de julio de 2018 o desde el 31 de diciembre de 2018, según la opción que corresponda.