Casos previstos y no previstos en la eximición del pago a cuenta de bienes personales por activos en el exterior
Para poder realizar el trámite de solicitud de eximición del pago a cuenta para el año 2019, se debe ingresar hasta el 1/4/2020 al sistema de cuentas tributarias, en la transacción “Eximición pago a cuenta”. Allí se deberá seleccionar, según corresponda, la opción de repatriaciones de bienes o la declaración de inexistencia de bienes en el exterior al 31/12/2019.