Las Sociedades entre el ajuste por inflación y la presentación de los estados contables
Con la reforma impositiva dispuesta por la ley 27430 (BO: 29/12/2017) volvió a tener aplicación práctica el ajuste por inflación impositivo.
Con la reforma impositiva dispuesta por la ley 27430 (BO: 29/12/2017) volvió a tener aplicación práctica el ajuste por inflación impositivo.
Los trabajadores alcanzados por el CCT 401/2005 y/o en la actividad 562091, que en febrero de 2020 figuran bajo la modalidad de trabajo de temporada con situación reserva de puesto y remuneración cero y que al 12 de abril de 2020 figuran como activos, la remuneración de referencia para determinar el monto del Salario Complementario es la correspondiente a noviembre de 2019, actualizada a febrero de 2020 según la variación registrada en el CCT de referencia durante dicho período, que alcanza al 8%. Prorrógase desde el dictado de la presente y por 180 días a partir del 30 septiembre de 2020
En el contexto de emergencia sanitaria actual han surgido nuevas novedades respecto de la suspensión de la prestación de servicios mediante el mecanismo que ofrece el artículo 223 bis de la ley de contrato de trabajo.
En el marco de las medidas adoptadas como consecuencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por el Poder Ejecutivo Nacional, el Consejo Profesional dictó su Resolución de Mesa Directiva N° 3120, por la cual se creó el Préstamo Extraordinario de Ayuda Económica de Carácter Alimentaria.
El ente recaudador informa el monto de la asignación que será abonado, a través de la ANSeS, en la CBU de cada dependiente de la empresa que haya accedido al beneficio.
El Banco Central, mediante el comunicado “B” 12001, informó a las entidades financieras que, a partir de hoy, se distribuirá diariamente la información recabada por la AFIP, conteniendo los datos de los beneficiarios que hayan cumplimentado los requisitos para acceder a los créditos a tasa cero.
El 29 de abril de 2020, la Inspección General de Justicia, a través de la resolución general 18/2020, prorrogó la vigencia de los mandatos de las autoridades de gobierno, administración y fiscalización de asociaciones civiles, con motivo del impedimento de reunión que rige por el aislamiento social preventivo y obligatorio.
Adelantamos la presente colaboración donde se analiza una sentencia judicial respecto a una contribución extraordinaria establecida por una Municipalidad para contar con fondos para luchar contra la pandemia y los gastos excepcionales en salud que la misma presente, que permite comentar, además de la resolución judicial del tema y en el contexto actual en que se dicta, los siguientes temas: a) especie tributaria reclamada; b) respecto a los requisitos formales que tienen que cumplir los municipios para crear nuevos recursos tributarios; y c) la doctrina jurisprudencial en materia de medidas cautelares para suspender el cobro de los tributos.
La Ciudad de Buenos Aires intensifica los controles sobre los consorcios de edificio para que se cumpla con el aislamiento obligatorio y emitió una comunicación para que los administradores de edificios recuerden a los consorcistas el cumplimiento estricto de la cuarentena y comuniquen el protocolo de emergencia, que incluye las siguientes medidas:
Quedan excluidos de la suspensión y la reducción de:
o Los trabajadores que prestan servicios desde su lugar de aislamiento.
o Los trabajadores dispensados del deber de trabajar (mayores de 60 años, embarazadas, en grupo de riesgo).