Responsabilidad solidaria del empleador directo por intermediación fraudulenta

En el marco de una causa laboral, la Cámara Nacional del Trabajo, en los autos  “G. P. S. c/Iss Facility Services SRL y otro s/despido“ hace lugar a la demanda por despido iniciada por el trabajador quien acreditó la existencia de una intermediación fraudulenta con su real empleador directo. En virtud de ello, el tribunal responsabilizó solidariamente al empleador directo y a la empresa intermediaria en los términos del art. 29, LCT.

Despido con causa: viaje sin autorización

La Sala II de la Cámara Nacional del Trabajo en autos “C., A. M. c/Naturel SA s/despido”, consideró justificado el despido directo de una empleada que, pese a las reiteradas advertencias de sus empleadores, emprendió un viaje sin autorización y, en consecuencia, no hizo lugar a las indemnizaciones de ley. La empleadora le comunicó la decisión por correo electrónico, pero la actora aseguró desconocerlo.