Convenio Multilateral: Régimen especial aplicable a la intermediación
El régimen especial del artículo 11 del Convenio Multilateral aplicable a la intermediación ¿resulta aplicable para la intermediación de servicios?
El régimen especial del artículo 11 del Convenio Multilateral aplicable a la intermediación ¿resulta aplicable para la intermediación de servicios?
La Comisión Arbitral de Convenio Multilateral interpreta como se atribuyen los ingresos en los casos de aplicación del régimen especial para rematadores, comisionistas u otros intermediarios (art. 11 CM)
Se aprueba el programa aplicativo Ganancias Personas jurídicas -Versión 18.0.