Moratoria ampliada 2020: se adecua la reglamentación con las nuevas fechas de acogimiento
La AFIP adecúa la reglamentación de la moratoria ampliada 2020, con motivo de la prórroga dispuesta hasta el 30/11/2020 para realizar la adhesión a la misma.
La AFIP adecúa la reglamentación de la moratoria ampliada 2020, con motivo de la prórroga dispuesta hasta el 30/11/2020 para realizar la adhesión a la misma.
La AFIP establece un régimen de facilidades de pago para incorporar planes que hayan caducado hasta el 30/4/2020. La adhesión podrá realizarse hasta el 30/6/2020 y entre sus principales características, señalamos:
La Comisión Arbitral aclara en respuesta a nota enviada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la CABA sobre la RG (CA) 10/2019, que la utilización de coeficientes unificados es de aplicación obligatoria a partir del primer anticipo de año calendario,
Se establece que hasta el 31/12/2019 no se tendrá en cuenta el SIPER para acceder al régimen de facilidades de pago permanente y se amplía de 6 a 10 la cantidad máxima de planes vigentes al que pueden acceder las PYMES.
El Poder Ejecutivo impulsa a través del presente Decreto algunas de las medidas de alivio impositivo anunciadas en el día de ayer en tal sentido se establece