Trabajo agrario: remuneraciones a partir de enero y abril de 2022

por

La Comisión Nacional de Trabajo Agrario, a través de la resolución 11/2022, establece las remuneraciones mínimas con vigencia a partir de enero y abril de 2022, para todo el personal permanente de prestación continua comprendido en el régimen de trabajo agrario.

trabajador rural - celebración - campo - agro - TRABAJO AGRARIO - CNTA

La norma aclara que “en las actividades agrarias cíclicas o estacionales, particulares y regionales que se desarrollan en las distintas jurisdicciones, se establecerán las remuneraciones mínimas respectivas atendiendo y tomando en consideración las características propias de cada tarea y las circunstancias socioeconómicas de la región y de la actividad específica objeto de tratamiento”.

Aclaraciones sobre sumas extraordinarias otorgadas en 2021

Por otra parte, la resolución (CNTA) 10/2022 dispuso aclaraciones sobre el carácter de las asignaciones extraordinarias otorgadas en 2021.

Recordamos que la resolución (CNTA) 206/2021, determinó que las asignaciones extraordinarias acordadas durante este 2021, serán consideradas no remunerativas al solo efecto de la realización de los aportes y contribuciones referidos en el primer párrafo del artículo 10 de la Ley 24241.

Ahora, la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, modificó la redacción del art. 1 de la resolución 206/2021 y ha aclarado que la asignación extraordinaria dispuesta por distintas resoluciones de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario para el año 2021 tendrán carácter no remunerativo, con la única excepción de los aportes y contribuciones a la obra social, a la cuota sindical o solidaria y a las establecidas en la ley 24557.

Te puede interesar