Las entidades bancarias comenzaron a enviar notificaciones a sus clientes respecto al cumplimiento del Censo Nacional Económico (CNE).
En este sentido, informan que por la Comunicación B 12100, los bancos se encuentran obligados a requerir el certificado de cumplimiento censal para poder continuar brindando los siguientes servicios:
- Apertura de cuentas de depósitos,
- Otorgamiento y renovación de préstamos,
- Apertura de cuentas de valores en custodia y
- Alquiler de cajas de seguridad.
Recordamos que las empresas y entidades sin fines de lucro tienen plazo hasta el 1 de abril de 2021 para completar el censo, las personas inscriptas en el régimen de autónomos hasta el 1 de mayo y los monotributistas hasta el 1 de julio de 2021.
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