Síntesis semanal al 19/2/21: economía del conocimiento, aporte solidario y extraordinario, proyecto de ley de ganancias y más

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El mejor resumen de noticias para profesionales en ciencias económicas lo encontras en Errepar ¡Todas las semanas una nueva síntesis!

Ganancias de empleados en relación de dependencia

Se incluyó en el temario de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Nación, el proyecto de ley que establecerá un “nuevo piso” de $150.000 en las remuneraciones brutas mensuales, a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados quedarían alcanzados con el impuesto a las ganancias.

Conocé los detalles y el proyecto en nuestra nota.

Ausencia justificada para el cuidado de menores

El Ministerio de Trabajo restablece, a partir del ciclo lectivo 2021, la ausencia justificada para el trabajador que tiene a cargo el cuidado del menor o adolescente en edad escolar y define nuevos requisitos para su solicitud.

¿Cuáles son los nuevos requisitos para justificar la ausencias? ¿Quiénes pueden utilizar la licencia? Todas las respuestas en nuestra nota.

Registración de contratos de alquileres

La AFIP establece los plazos, formas y condiciones del “Régimen de registración de contratos de locación” que resulta de aplicación a partir del 1 de marzo de este año

Los contratos alcanzados son los siguientes:

  • Locaciones de bienes inmuebles urbanos
  • Arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales
  • Locaciones temporarias de inmuebles –urbanos o rurales- con fines turísticos, de descanso o similares
  • Locaciones de espacios o superficies fijas o móviles -exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles como locales comerciales y/o “stands” en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras, etc.

Para realizar la registración se deberá ingresar con clave fiscal al servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI – CONTRIBUYENTE” y se deberán proporcionar datos vinculados al locador, identificación del inmueble y del resto de los intervinientes, además de adjuntar en formato “.pdf” o “.jpg” el contrato en cuestión.

Más información en nuestra nota.

Movilidad jubilatoria

Se reglamenta el régimen de movilidad jubilatoria y se determina el alcance y contenido de los términos que integran la nueva fórmula de actualización.

Recordamos que la ley de la nueva movilidad jubilatoria ajusta los haberes de los trabajadores pasivos, con una fórmula que combina un 50% de la recaudación de la ANSeS y otro 50% de la variación salarial.

La aplicación de dicho índice no podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario.

La primera actualización sobre la base de la movilidad se hará efectiva a partir del 1° de marzo de 2021.

ERREPAR presenta un suplemento especial, donde los se analizan los aspectos más relevantes de la nueva ley, destacándose los siguientes temas:

  • Evolución de la movilidad jubilatoria
  • Impacto de la nueva ley en los haberes jubilatorios
  • Comparación de los métodos de movilidad en el mundo
  • ¿Cómo es la nueva fórmula?
  • Análisis de la jurisprudencia sobre reajustes

Nuestros suscriptores tendrán acceso completo a este suplemento.

Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento

Se establecen los requisitos, plazos y condiciones para acceder al Régimen.

La norma aclara que para solicitar la inscripción en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, el solicitante deberá completar y autorizar el envío de un formulario que establecerá la AFIP a esos efectos para luego poder continuar con la inscripción en TAD.

La información necesaria para completar el formulario será obtenida de las declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado, ventas vencidas y presentadas ante la AFIP y de las declaraciones juradas de aportes y contribuciones sociales (Formularios 931), siempre que el interesado se encuentre en curso normal de cumplimiento de sus obligaciones fiscales y previsionales.

Toda la información en nuestra nota.

Aporte solidario y extraordinario

Las entidades financieras deberán habilitar una cuenta especial para la repatriación de fondos que podrán utilizar de forma exclusiva las personas o sucesiones indivisas alcanzadas por la ley de aporte solidario y extraordinario y que opten por repatriar fondos para obtener los beneficios previstos en la legislación.

COMUNICACIÓN A (Banco Central de la República Argentina) 7225

Santa Fe

Se reglamentan las exenciones especiales para las actividades afectadas por la pandemia, establecidas en la reforma tributaria 2021.

También, se dispone la reglamentación del régimen de regularización de deudas tributarias devengadas hasta el 31 de octubre de 2020.

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