El día martes 4 de mayo se realizó la charla virtual gratuita en el Instagram de Errepar, sobre “Moratoria ARBA 2021”, la cual estuvo a cargo del Doctor Enrique L. Cordorelli.
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REGUNTAS Y RESPUESTAS DEL VIVO
1) ¿Que deudas se pueden regularizar en la Moratoria 2021?
En la moratoria 2021 de la provincia de Buenos Aires se podrán regularizar las deudas no judicializada del impuesto inmobiliario y a los automotores vencidas durante el año 2020. No permite regularizar impuesto sobre los ingresos brutos ni de sellos.
También se podrán regularizar las deudas de los agentes de recaudación y sus responsables solidarios, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas con relación a los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos, vencidas o devengadas al 31/12/2020, en cualquier instancia en que se encuentren.
De igual manera, también están incluidas las las deudas de los agentes de recaudación y sus responsables solidarios provenientes de retenciones y/o percepciones efectuadas y no ingresadas o ingresadas fuera de término con relación a los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos, vencidas o devengadas al 31/12/2020, en cualquier instancia en que se encuentren.
2) ¿La Moratoria 2021 permite la rehabilitación de planes caducos?
La ley faculta a la ARBA a disponer la rehabilitación de los regímenes de regularización de deudas de los contribuyentes y sus responsables solidarios, provenientes de los impuestos inmobiliario, en sus componentes básicos y complementarios; a los automotores, respecto de vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación; sobre los ingresos brutos y de sellos; y de los regímenes de regularización de deudas de los agentes de recaudación y sus responsables solidarios provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas con relación a los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos; cuya caducidad hubiera operado durante el año 2020.
3) ¿Se pueden incluir deudas laborales?
El Ministerio de Trabajo de la Provincia podrá establecer un régimen de regularización, refinanciamiento o bonificación de intereses para aquellas PyMEs tramo 1, como así también para aquellas empresas cuya actividad principal fuera declarada como afectadas por la emergencia sanitaria, para deudas exigibles, en cualquier estado de cobro administrativo o judicial, salvo que exista sentencia firme, originadas en sanciones por infracciones laborales y de seguridad e higiene, impuestas por el citado Ministerio hasta el día 31/12/2020.
4) ¿A partir de cuándo esta vigente la moratoria y hasta cuándo se puede adherir?
En todos los casos se debe esperar a la reglamentación de la ARBA para saber desde cuándo y hasta qué fecha se podrá adherir a la Moratoria 2021 y con cuales condiciones.
Asimismo, destacamos que la ley limita este período al año 2021.
OTRAS PREGUNTAS
La moratoria de ARBA L (Bs As) 15279 incluye deudas de impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos. No salvo de agentes de recaudación
¿Planes caducos a qué fecha?
Al 31/12/2020 rehabilitación del plan
¿Se incluyen deudas solo de 2020 o de ahí para atrás?
NO. Salvo que venga de un plan caduco al 31/12/2020
Si no es contribuyente de ingresos brutos ¿puede entrar en la moratoria?
No, no se puede.
Multas automáticas ¿quedan condonadas de IIBB?
No, no quedan condonadas
Agentes de recaudación personas jurídicas ¿entra en la moratoria?
Si
¿Se puede reformular planes vigentes si tiene ventajas?
No salvo que este caducos
Tramos ¿qué significa en esta moratoria?
Es el momento en que me acojo a la moratoria
Gran Contribuyente ¿puede acceder a plan por inmobiliario?
Si si deuda es anterior a 2021
Multa por defraudación de agentes de recaudación ¿se puede regularizar?
Si salvo deuda por ley 14890
Deudas de impuesto de sellos ¿se puede incluir?
Solo la de agentes de recaudación
¿Hay obligación de mantener personal en esta moratoria?
No en este plan no hay obligación
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