A través de la Resolución 585/2021, publicada en el Boletín Oficial el pasado 22 de septiembre, la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores (SEPYME) creó el Programa de Desarrollo Productivo PyME, que brindará asistencia de hasta $40 millones en aportes no reembolsables (ANR) a las empresas con proyectos estratégicos de productividad, para impulsar la transformación de las micro, pequeñas y medianas empresas, el desarrollo de su cadena de valor e incrementar las exportaciones.
De esta manera, se oficializó la convocatoria para la línea Transformación Productiva PyME por un monto total de $3.000 millones, que tendrá el respaldo del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP).
De acuerdo a la información publicada en el anexo de la resolución, para solicitar el ANR, las empresas deberán tener Registro MiPyME vigente y al menos dos años de actividad. El aporte no reembolsable cubrirá hasta el 70% del proyecto estratégico de cada empresa, que deberán aportar al menos el 30% del monto total de la iniciativa.
Las PyMEs interesadas en la convocatoria de este programa de Transformación Productiva deberán estar dedicadas a la producción de manufacturas de origen industrial o agropecuario, o a servicios que tengan un proyecto de desarrollo sostenible.
La asistencia de los aportes no reembolsables financiará servicios de consultoría y asistencia técnica, orientados a incorporar mejoras en aspectos técnicos, comerciales y productivos, tales como certificaciones, ensayos, homologaciones, habilitaciones, diseños de moldes y matrices, programación de sistemas digitales, implementación de mejoras en desarrollo sostenible y de tecnologías de gestión.
Asimismo, financiará la adquisición de bienes de capital nuevos de origen nacional, equipamiento e instalaciones y puesta en marcha, y la ampliación de planta o modernización tecnológica. También financiará hasta el 10% del monto total del ANR en capital de trabajo incremental asociado al proyecto.
Este rubro podrá contemplar la adquisición de insumos, materias primas y bienes intermedios, salarios de nuevas incorporaciones de personal sin incluir el pago de los aportes ni las contribuciones de la seguridad social.
Esta nueva línea de transformación productiva pyme propone aumentar la inversión de las empresas en procesos tecnológicos que les permitan optimizar su producción; fortalecer su reconversión productiva; aumentar y mejorar la oferta de productos; incrementar los productos exportables y consolidar destinos de exportación, indica la resolución.
También pretende promover el agregado de valor a la producción a través del diseño, la innovación y la tecnología 4.0.
Exclusiones
Los fondos del ANR otorgados no podrán ser destinados para los siguientes gastos:
a) compra y/o alquileres de terrenos e inmuebles;
b) construcciones y/o reparaciones de edificios o inmuebles de uso residencial;
c) adquisición de rodados;
d) pago de dividendos y/o recuperación de capital invertido;
e) transferencias de activos, adquisición de acciones y/o participaciones en el capital social;
f) pago de obligaciones previsionales y financieras;
g) pago de servicios públicos, impuestos, tasas y/o contribuciones;
h) reestructuración de deudas;
i) gastos no relacionados en forma directa con los objetivos del Proyecto debidamente acreditado;
j) pago de inversiones realizadas con anterioridad a la notificación de la selección del Proyecto;
k) activos fijos, maquinarias y/o partes de maquinaria y equipamientos usados que no contengan el correspondiente Certificado de Importación de Bienes Usados (CIBU).
La presente Convocatoria estará vigente durante 60 días. La documentación requerida para solicitar el ANR podrá consultarse y luego presentarse a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
La documentación que sea requerida luego de la aprobación de la solicitud y el proyecto, deberá presentarse por correo postal o de manera presencial al domicilio que se indique en el requerimiento, o por correo electrónico a [email protected] desde la casilla declarada por la Solicitante, o por cualquier otro medio que oportunamente se le informe.
El Fondep
El Fondo Fiduciario Público denominado “Fondo para el Desarrollo Económico Argentino” (FONDEAR), mediante el Artículo 56 de la Ley 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018 sustituyó la denominación por “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP)”.
El FONDEP tiene como objetivos permitir un mayor acceso al financiamiento; promover la inversión y/o el consumo; contribuir al desarrollo de las cadenas de valor en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país; contribuir a la puesta en marcha y/o el sostenimiento de actividades y/o empresas con elevado contenido tecnológico, estratégicas para el desarrollo nacional o importantes para la generación de mayor valor agregado en las economías regionales.
A principios de este año, mediante el Decreto 122/2021 se dispuso que entre los destinos de los recursos del FONDEP se priorizarán proyectos de inversión con potencial exportador, con capacidad de sustituir importaciones, de incorporar tecnología, de generar nuevos puestos de trabajo y/o de agregar valor a la cadena productiva.