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Conocé las 5 preguntas más frecuentes que respondió nuestro equipo de Consultas de Orientación Profesional de la semana del 25 al 29 de abril:
1) Liquidación anual. Ganancia de cuarta categoría. Devolución
¿Cuándo percibirá el trabajador la devolución de la percepción aplicable sobre las operaciones alcanzadas por el impuesto de la RG 4815?
El trabajador percibirá la devolución de la Resolución General (AFIP) 4815 por el año 2021 en la liquidación anual que vence el 29/4/2022, la percepción será tomada como pago a cuenta y restará del impuesto determinado que figurará en el recibo de sueldo en un concepto de liquidación separado, haciendo mención a qué período se trata. Es importante recordar que el empleador/agente de retención devolverá hasta la suma concurrente con el monto de las retenciones practicadas. Si existiera una diferencia, el trabajador deberá gestionar su devolución ante AFIP.
Leé también: Ganancias cuarta categoría: ¿habrá prórroga?
2) Refuerzo de ingresos. Decreto 216/2022. Monotributistas categorías “A” y “B” y monotributistas sociales
Un monotributista categoría “A“ jubilado que va a recibir el ingreso de refuerzo que va a dar el gobierno de $12.000 por ser jubilado, ¿puede también pedir el de $18.000 por ser monotributista?
No, solo cobraría los $12.000 en el mes de mayo de 2022 como beneficiario de las prestaciones previsionales del SIPA, establecido por el Decreto 215/2022. No cumpliría con los requisitos fijados en el artículo 3 del Decreto 216/2022 para gozar con refuerzo adicional de los $ 18.000, porque excluye a los titulares de jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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Bono de $ 18.000: es oficial el pago a trabajadores informales, desempleados, monotributistas y personal de casas particulares
3) Venta acciones
Uno de los socios de una S.A. vende a los otros dos socios su participación del 25%. Contablemente, ¿cómo se refleja?
Contablemente, no sería una operación modificativa del patrimonio, solamente cambian la tenencias entre sus accionistas y se plasma en el Libro de Registro de Acciones.
4) Asociaciones civiles
¿Continúa vigente el plan de regularización previsto por la Inspección General de Justicia para asociaciones civiles?
5) Impuesto sobre los Débitos y Créditos en las transacciones financieras como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias para Micro, Pequeñas y Mediana Empresas – Tramo 1 – Industrias Manufactureras
Una SRL cierra ejercicio el 31/12/2021 estando categorizada hasta el 30/04/2022 como pequeña empresa según la R. (SEyPyME) 220/2019. El 01/05/2022 es categorizada como Mediana Tramo 2. ¿Puede computar como pago a cuenta de ganancias 2021 el 100% de débitos y créditos bancarios de la ley 25413? ¿Puede computar el 100% débitos y créditos bancarios de la ley 25413, hasta el 30/04/2022, en los anticipos con vencimiento en el año 2022?
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