Las 5 consultas frecuentes de la semana: Sociedad Anónima, siniestro, F. 2000 IVA por actividad, crédito fiscal, empleados de comercio

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Conocé las 5 preguntas más frecuentes que respondió nuestro equipo de Consultas de Orientación Profesional de la semana del 7 al 11 de febrero:

1) Sociedad Anónima: reuniones de directorio

¿Cuál es el plazo para poner a disposición la información relevante de acuerdo al orden del día? ¿Existe un lapso antes de la reunión para que el Director pueda analizar la documentación?

En los términos del art 260 LGS el estatuto debe reglamentar la constitución y funcionamiento del directorio no existiendo plazo como el que existe para el caso de las asambleas, donde por ley los directores deben poner el balance a disposición de los socios con 15 días de antelación.

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2) Siniestro

Una empresa recibe un recupero del seguro en concepto de un auto que tuvo destrucción total, los fondos de los mismos se utilizarán para comprar otro auto, ¿Cómo correspondería contablemente registrar esta operación?

La sociedad deberá contabilizar la correspondiente pérdida por el robo/accidente y la ganancia por el recupero del seguro. Es decir, registrará la baja del rodado y sus amortizaciones acumuladas, el alta del dinero en efectivo percibido y, por diferencia, el resto a resultados (si es pérdida, por el siniestro y, si es ganancia, por recupero del seguro). Este resultado deberá exponerse en “Otros ingresos o egresos” y en notas a los estados contables se describirá la situación.

3) Régimen voluntario de promoción tributaria del régimen general. Reducción del saldo deudor de IVA. Exposición en el F 2002 IVA por actividad

Un contribuyente que se excluyó del régimen simplificado en el periodo fiscal 2021 y ejerció la opción de reducción del saldo deudor de IVA. El beneficio se aplica a partir del primer mes del año siguiente a la exclusión, por lo tanto sería a partir de enero 2022. ¿Cómo se expone el beneficio de reducción del saldo deudor en la declaración jurada de IVA?

Si el contribuyente ejerció la opción en el sistema registral de “Reducción del saldo deudor de IVA” en caracterizaciones dentro de “Características y registros especiales” estará registrado con el código 519 “Régimen Voluntario de Promoción Tributaria del Régimen general”. Esto es fundamental, porque el beneficio se calcula automáticamente cuando confeccione la declaración jurada de IVA. Al ingresar en la declaración jurada F “2002-IVA por actividad” en el servicio web de AFIP, en la solapa de “liquidación” el beneficio queda registrado en el ítem “Reducción del saldo técnico-BENEFICO A PEQUEÑOS CONTRIBUYENTESCUMPLIDORES Art 12”

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4) Crédito fiscal proveniente de contribuciones patronales

El cómputo del crédito fiscal de las contribuciones patronales sigue vigente en el periodo fiscal 2022? ¿Qué porcentajes?

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5) Empleados de Comercio. Nuevo valor de la contribución INACAP

¿Cómo se calcula y cuál es el nuevo valor de la Contribución Patronal Obligatoria al INACAP?

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