Tamara Tornese – Analista de Contenidos de Medios Digitales
El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 381/2021, vuelve a extender las medidas preventivas, a implementarse en todo el territorio argentino, destinadas a enfrentar la emergencia por virus SARS-CoV-2, que rigen desde el 12 y hasta el 25 de junio de 2021, inclusive.
Dichas medidas son las mismas que se venían aplicando hasta la semana pasada, en virtud de los Decretos 287/2021 y 334/2021.
A continuación repasamos qué dispusieron al respecto el AMBA, la Ciudad de Buenos Aires y algunas de las provincias.
BUENOS AIRES
La Provincia de Buenos Aires adhiere al decreto que publicó el Gobierno Nacional en materia de restricciones.
Para conocer sobre las medidas que se llevarán a cabo para controlar la situación epidemiológica en AMBA, anunciadas por el gobernador, entrá a nuestra nota Anuncio de Kicillof: vuelven las clases presenciales en la provincia.
CIUDAD DE BUENOS AIRES
La Ciudad de Buenos Aires implementó las siguientes medidas sanitarias para las próximas semanas:
– Restricción en la circulación
* Se restringe la circulación de personas entre las 00:00 y las 06:00 horas.
– Actividades habilitadas
* En cuanto a educación, los jardines maternales y la educación inicial, primaria y especial continuarán con presencialidad; todos los estudiantes de secundaria van a tener bimodalidad; las escuelas para adultos, las escuelas terciarias y los Centros de Formación Profesional seguirán en formato virtual pero van a poder retomar las prácticas presenciales. Las vacaciones de invierno se mantienen en su fecha original, del 19 al 30 de julio.
– Actividades suspendidas
* Las actividades profesionales continuarán funcionando de manera remota.
A partir del viernes 18 de junio
* La apertura de los cines y los teatros, también, con una capacidad máxima del 30%.
SANTA FE
El Gobierno Provincial dio a conocer, a través del Decreto 848/2021, las nuevas medidas de convivencia que regirán en la provincia de Santa Fe:
– Restricción en la circulación
Desde el 14 hasta el 25 de junio, inclusive:
* Queda restringida la circulación vehicular, desde las 20:00 y hasta las 06:00 horas del día siguiente.
Se exceptúan de esta medida a las actividades definidas como esenciales, y las situaciones de fuerza mayor; los desplazamientos desde y hacia los lugares de trabajo habilitados; la concurrencia a los establecimientos educativos del personal escolar.
– Actividades habilitadas
Desde el 14 hasta el 25 de junio, inclusive:
* La Caja de Asistencia Social Lotería de Santa Fe para la comercialización de los juegos oficiales, podrá desarrollarse hasta las 19:00 horas.
En todos los casos el factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del 30%.
* Con el Decreto 881/2021, se autoriza la realización de actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas Inscriptas en el Registro Nacional de Cultos, con el cumplimiento del horario de apertura de 09:00 a 19:00 horas, con un aforo del 30% de ocupación máxima de la superficie, densidad de ocupación de 1 persona cada 2 metros cuadrados de espacio circulable, entre otras condiciones.
– Actividades a desarrollarse de manera remota o mediante teletrabajo
Desde el 14 hasta el 25 de junio, inclusive:
* Actividades administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios.
– Actividades suspendidas
* Asambleas y actos eleccionarios de personas jurídicas públicas y privadas, en forma presencial. Solo podrán realizarse en forma remota.
TUCUMÁN
Mediante la Resolución N° 80/2021 del Comité Operativo de Emergencia (COE), Tucumán continuará con las restricciones que se venían llevando a cabo desde el 22 de mayo:
– Restricción en la circulación
* La restricción para la circulación de personas será de 23:00 a 06:00 horas.
– Restricción en la circulación interjurisdiccional
* La restricción en la circulación interjurisdiccional será de 19:00 a 06:00 horas.
– Actividades habilitadas
* Se retoma la modalidad presencial para el dictado de clases mediante burbujas escolares.
– Actividades suspendidas
* Quedan suspendidas todas las actividades y competencias deportivas, tanto las amateur como las federativas.
CATAMARCA
El Gobierno provincial emitió el Decreto 1154/2021 para que, desde el 21 hasta el 30 de junio, se amplíe el horario permitido de circulación en todo el territorio de la provincia:
– Restricción en la circulación
Horario de restricción para circular en todo el territorio de la Provincia: 21:00 a 06:00 horas.
Por su parte, el Ministerio de Industria, Comercio y Empleo emitió las resoluciones 83/2021 y 86/2021, por medio de las cuales establece la ampliación de actividades, desde el 14 hasta el 30 de junio:
– Actividades habilitadas
* Con el Decreto 1154/2021, se reanudan, a partir del día 22 de Junio, los procedimientos y plazos administrativos, y la actividad presencial mínima e indispensable en la Administración Pública Provincial, entes autárquicos y organismos descentralizados, con equipos de trabajo
fraccionados, no debiendo superar en ningún caso el 25% de la capacidad de los espacios cerrados.
SALTA
Tras el anuncio del Gobierno Nacional de extender el DNU vigente en todo el país, el Comité Operativo de Emergencia (COE)determinó las medidas que regirán en Salta, hasta el 25 de junio.
– Restricción en la circulación
* La circulación de personas estará restringida entre las 23:00 y las 06:00 horas. No se requerirá permiso de circulación.
– Actividades habilitadas
* Se mantiene la presencialidad en el sector educativo.
– Actividades suspendidas
* Sábado, domingo y feriados se suspenden las actividades deportivas grupales y al aire libre. Están permitidos los deportes individuales.
JUJUY
El Gobierno de Jujuy, anunció nuevas medidas para sostener la normalidad en la provincia.
– Restricción en la circulación
* Se reduce a 10 la cantidad autorizada de personas en reuniones sociales en domicilios particulares.
– Actividades habilitadas
* Se mantendrá la normalidad, en actividades económicas, al igual que la administración y la presencialidad en los establecimientos educativos.
NEUQUÉN
El Ministerio Jefatura de Gabinete, a través de la Resolución 24/2021, estableció para el territorio del Neuquén, hasta el día domingo 27 de junio:
– Restricción en la circulación
* La restricción de circular en las vías públicas entre las 20:00 y las 06:00 horas del día siguiente. Excepto para personas con actividades esenciales; o que se desempeñen laboralmente en farmacias y estaciones de servicio para el expendio de combustibles; o que se encuentren trabajando en locales gastronómicos; o aquellos clientes que se dirijan al retiro de alimentos en locales gastronómicos de cercanía.
– Actividades habilitadas
* Las farmacias y estaciones de servicio podrán funcionar durante las 24 horas.
* Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar y atender clientes en
espacios habilitados al aire libre, desde las 06:00 hasta las 19:00 horas. Las modalidades de “reparto a domicilio” y/o “retiro en puerta” de cercanía podrán realizarse hasta las 23:00 horas.
* La realización presencial de actividades religiosas en espacios cerrados en iglesias, templos
y otros lugares de culto autorizados, con un máximo del 30% de aforo de la capacidad habilitada.
* Las actividades culturales presenciales de salas teatrales, cines, museos y bibliotecas en espacios cerrados, con un máximo del 30% de aforo de la capacidad habilitada.
* Las academias y talleres artísticos podrán dictar clases individuales o en grupos reducidos tipo “burbuja”, sin aglomeración de personas antes, durante y después de las actividades.
* Sólo podrán realizarse las prácticas deportivas de entrenamiento en espacios
habilitados de las y los deportistas de mediano y alto rendimiento de la Provincia del Neuquén
que se encuentren clasificados en próximas competencias deportivas de carácter internacional,
y bajo el monitoreo y supervisión del Ministerio de Deportes.
– Actividades suspendidas
* Reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
* Reuniones sociales en espacios públicos al aire libre.
* Las competencias deportivas de todo tipo a nivel provincial y municipal, sea en espacios cerrados o al aire libre.
* La actividad de clubes deportivos o cualquier otra actividad deportiva de carácter grupal o que
implique aglomeración de personas en espacios cerrados.
* Las actividades de casinos, bingos y discotecas.
* Actividades y actos oficiales provinciales y municipales.
RÍO NEGRO
El Ministerio de Salud de Río Negro, a través de la Resolución 4233/2021, dispuso medidas sanitarias destinadas a contener los contagios de COVID-19, que se prorrogarán hasta el 25 de junio, inclusive:
– Restricción en la circulación
* La restricción de circulación en todo el territorio provincial será entre las 20:00 y las 06:00 horas del día siguiente. Quedan exceptuados, personal esencial; trabajadores de farmacias y estaciones de servicio para el expendio de combustibles; las personas que estén asistiendo o regresando a sus hogares procedentes de locales gastronómicos, con comprobante.
– Actividades habilitadas
* Los jardines maternales, podrán funcionar en sus horarios habituales.
– Actividades suspendidas
* La realización de eventos culturales, sociales y recreativos, en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.
* Se suspende el dictado de clases presenciales y de las actividades educativas no escolares presenciales correspondientes a todos los niveles y modalidades, a excepción de las localidades indicadas en la Resolución 4233/2021.
SANTA CRUZ
La provincia de Santa Cruz, mediante Decreto Provincial 666/2021, adhiere a lo dispuesto por el DNU 381/2021 a fin de mitigar la propagación del Covid 19 y su impacto sanitario.
Por otro lado, se espera que, a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros, se dispongan medidas focalizadas y especificas en las distintas localidades de acuerdo a la situación epidemiológica y sanitaria.
TIERRA DEL FUEGO
El Ministerio de Salud de Tierra del Fuego, a través de la Resolución 744/2021, dispuso medidas sanitarias destinadas a contener los contagios de COVID-19, que se prorrogarán hasta el 25 de junio, inclusive:
– Restricción en la circulación
* Se limita la circulación de personas entre la 01:00 y las 06:00 horas, horas a excepción de las personas afectadas a servicios esenciales, debiendo acreditar la calidad de tal.
– Actividades habilitadas
local.
* Los actos escolares por motivos de celebraciones nacionales o provinciales durante el periodo indicado podrán realizarse previa aprobación del protocolo que deberán remitir a [email protected].
– Actividades suspendidas
* Se mantiene la suspensión de las actividades de bingos y discotecas.
* Se suspenden los delivery entre la 01:00 y las 06:00 horas.
* Se mantiene la prohibición de realizar actos públicos.
* Los casinos deberán permanecer cenados entre la 01:00 y las 06:00 horas.
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