Confección y presentación de estados contables por parte de las SAS: la resolución general (IGJ) 2/2021

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Confección y presentación de estados contables por parte de las SAS: la resolución general (IGJ) 2/2021

Casal, Armando M.

La Inspección General de Justicia (IGJ) termina de emitir su resolución general 2/2021, de fecha 5/3/2021, publicada en el Boletín Oficial el 8/3/2021, por la que las sociedades por acciones simplificadas (SAS) deberán confeccionar sus estados contables siguiendo las normas contables profesionales vigentes, y deberán ser presentados por medios digitales ante la IGJ dentro de los quince (15) días posteriores a la fecha de reunión del órgano de gobierno que los haya aprobado, de acuerdo a los recaudos y procedimiento que se detallan en dicha resolución general.

I – INTRODUCCIÓN

La Inspección General de Justicia ha publicado el 8/3/2021 la resolución general 2/2021, mediante la cual se resuelve que las sociedades por acciones simplificadas confeccionarán sus estados contables de conformidad con las normas contables profesionales vigentes.

Asimismo, se dispone que dichos estados contables deberán ser presentados por medios digitales ante el organismo, dentro de los quince (15) días posteriores a la fecha de la reunión del órgano de gobierno que los haya aprobado, de acuerdo a los recaudos y procedimiento que se detallan en el artículo 1 de la norma.

En otra colaboración anterior, referenciada en la bibliografía, hemos desarrollado el régimen contable de la resolución general (IGJ) 7/2015, en adecuación al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, contenido en el Título I, “Documentación y Contabilidad” (arts. 305 al 325).

El lector interesado no tiene que perder de vista que si bien la confección de los estados contables debe ajustarse a las normas técnicas profesionales, ello es así, en cuanto no esté previsto de diferente forma en la ley, en disposiciones reglamentarias o en las normas del propio organismo de control.

II – BREVES EXPLICACIONES SOBRE LAS SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS

III – COMENTARIOS SOBRE LA RG (IGJ) 2/2021

3.1. Facultades registrales y de fiscalización de la IGJ
3.2. Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)
3.3. Plataforma de Trámites a Distancia (TAD)
3.4. Normas contables profesionales y legales
3.5. Recaudos y procedimiento
3.6. Sanciones previstas

IV – CONCLUSIONES
V- ANEXO: LISTADO DE NORMAS CONTABLES PROFESIONALES
VI – NORMATIVA CONSULTADA
VII – BIBLIOGRAFÍA DEL AUTOR

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