En el día de hoy, lunes 29 de agosto de 2021, la AFIP publicó en el Boletín Oficial la resolución general 5106 que prorroga la vigencia transitoria para acceder a mayores beneficios en los planes de facilidades de pago permanente –RG (AFIP) 4268-.
Hasta el 31 de enero de 2022, se prorroga la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente en relación con los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable,
Asimismo, hasta el 31 de enero de 2021 no será tenido en cuenta el tope al monto máximo de las cuotas que tiene relación con el promedio de ingresos del contribuyente de los últimos 12 meses, para los sujetos que desarrollen actividades afectadas en forma crítica.
Antecendentes
Anteriormente, la AFIP había prorrogado, por medio de la resolución general 5027 la vigencia transitoria para acceder a mayores beneficios en los planes de facilidades de pago permanente –RG (AFIP) 4268-, y aumentó, hasta el 30 de noviembre de 2021, a 36 la cantidad de cuotas que pueden solicitarse por deudas provenientes de ajustes de fiscalización.
A continuación podrá acceder al texto completo de la RG (AFIP) 5106: