La AFIP denunció a Susana Giménez por presunta evasión fiscal: la causa

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) denunció penalmente por presunta evasión fiscal a la conductora Susana Giménez, por haberse negado a presentar la Declaración Jurada de Bienes Personales del año 2019.

Según el organismo, la actriz debe 50 millones de pesos, un monto que por las multas e intereses podría alcanzar los 300 millones de pesos.

La acusación

En la denuncia, la AFIP acusó a la conductora -y a quienes puedan haber sido “coautores, cómplices, encubridores o instigadores” del delito- de haber “ocultado su realidad fiscal a través de la omisión de presentar la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales por el período fiscal 2019″.

De acuerdo a la acusación, se advirtió “un actuar doloso tendiente a evitar el ingreso de las cargas tributarias correspondientes, afectando así el bien jurídico tutelado: el erario público. El engaño o ardid utilizado por la contribuyente permitió evitar o evadir el ingreso genuino de las obligaciones que legalmente adeudaba”.

La denuncia se encuentra en el Juzgado Penal Económico número 5, a cargo del doctor Diego Amarante.

El planteo de la conductora

De acuerdo al planteo de Susana Giménez, el incremento de la tasa del impuesto provocó la absorción de la totalidad de las utilidades generadas por sus bienes al 31 de diciembre de 2019.
Indicó que, con las alícuotas que determinó la norma en aquel año, el impuesto a ingresar representaría el 126,22% de la renta producida por ella.

En ese contexto, a mediados del 2020, la conductora presentó la declaración jurada de Ganancias, pero no la de Bienes Personales.

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Ese hecho le permitió a la AFIP determinar cuánto ganó la conductora en el 2019 y así ajustar mejor la estimación hecha en base a la fiscalización sistemática. En total, la AFIP concluyó que tenía que pagar $50 millones de Bienes Personales.

La conductora, por su parte, rechazó el monto exigido y sostuvo que no hizo “ninguna declaración engañosa ni ocultación maliciosa, ni mucho menos defraudó al Fisco”.

Desde el organismo recaudatorio enfatizaron que, en este caso puntual, se observaría que durante el proceso de fiscalización del periodo fiscal 2019 (Ganancias y Bienes Personales) una intención de ocultar patrimonio con el presunto objetivo de no pagar el Aporte Solidario y Extraordinario creado para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia a través de la ley 27.605.

Medidas rechazadas

En un primer momento, la conductora de televisión presentó una cautelar en el marco de una acción declarativa de inconstitucionalidad (JNCAF 10 – Expte 2254/21) por el incremento de la alícuota de Bienes Personales de 2019, que fue rechazada.

Tras esto, presentó otra cautelar que fue rechazada en julio de 2022 porque “no se advierte en principio arbitrariedad en el accionar de la Administración”.

¿Qué dijo la AFIP?

El titular de la AFIP, Carlos Castagneto, explicó el procedimiento que se lleva desde el organismo en estos casos: “hay tiempo para presentar la declaración jurada de Bienes Personales y de Ganancias, y, en el caso de no hacerlo, a los 5 días, en forma sistémica, se invita a todos los contribuyentes a que hagan la presentación”.

“En el caso de no tener respuesta, a los 20 días de presentada esta notificación, se empieza internamente por normativa, una orden de intervención, la investigación, y la fiscalización del mismo, para determinar una renta presunta”, informó a la prensa.

“En este caso particular, (Susana Giménez) no ha presentado ni Ganancias ni Bienes Personales desde el año 2019; luego, hizo una presentación de la declaración jurada de Ganancias, no la de Bienes Personales”, sostuvo el funcionario.

En este sentido, añadió que la conductora de televisión “presentó una medida cautelar que le salió desfavorable, hizo una segunda medida cautelar, que nuevamente le salió desfavorable, y en consecuencia el organismo sigue en esta etapa de fiscalización, se determina una renta presunta”.

En consecuencia, dijo que “luego del tiempo transcurrido y no tener respuesta de la contribuyente se ha hecho la correspondiente denuncia penal”.

¿Por qué evasión agravada?

Desde el organismo explicaron que se la denunció por evasión agravada “porque además de todos los intentos que se hicieron para cobrar, se sospecha que la no declaración de Bienes Personales tiene por objetivo ocultar su patrimonio para no pagar el Aporte Solidario”.

Y remarcaron que Giménez puede extinguir la acción penal con el pago de la deuda.
El organismo había evaluado ante la prensa sobre si ella podría ir presa o no: “Dado los antecedentes de la contribuyente, es difícil que esto suceda, con lo cual el juez debería dar curso a la denuncia, pedir al Ministerio Público Fiscal que impute a la denunciada y la llame a declarar”, señalaron.

En caso de no presentarse a declarar, la conductora podría ser convocada por la fuerza pública y librar alertas de Interpol si se encuentra fuera del país.

El Régimen Penal Tributario establecido en el artículo 279 de la Ley 27.430 prevé en su artículo 1 la pena privativa de libertad para aquellos sujetos que evadan fraudulentamente el pago de los tributos nacionales, siempre que el monto evadido exceda la suma de un millón quinientos mil pesos por cada tributo y por cada ejercicio anual.

La pena, por el delito que le imputan a la actriz, va de los tres años y medio a nueve años de prisión.

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