Síntesis semanal Errepar, con todas las noticias en ciencias económicas de la semana
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El presidente de la nación anunció un sistema de reducción de contribuciones patronales para las diez provincias que forman parte del norte argentino.
La AFIP pone a disposición el “release” 9 de la versión 42 del programa aplicativo SICOSS. El monto del beneficio ascenderá al 80% cuando se trate de nuevas incorporaciones laborales debidamente registradas
El Poder Ejecutivo, a través del decreto 956/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial, establece el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” (DISPO) para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos del Área Metropolitana de Buenos Aires y en los partidos y departamentos de las provincias argentinas, en tanto estos verifiquen en forma positiva la totalidad de los determinados parámetros epidemiológicos y sanitarios.
La doctora Marcela Gómez y el doctor Pablo Figueredo responden a las consultas realizadas en el encuentro virtual organizado por la Editorial Errepar el martes 3 de noviembre a través de su canal de Instagram, donde se describieron los principales aspectos y los puntos clave para el pago de la compensación no remunerativa prevista en el artículo 24 del Decreto 792/2020.
La Doctora Marcela Gómez explica la forma en que se parametrizan y se ingresan las liquidaciones en el Libro de Sueldo Digital AFIP de los trabajadores que se encuadran dentro del artículo 24 del. Decreto 792/2020, además de su tratamiento en Simplificación Registral Empleadores y en el Formulario 931.
La agencia Nacional de Noticias informa que el presidente de la Nación anunciará hoy, desde Misiones, una nueva fase del aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) por la pandemia de coronavirus, que se inicia el lunes próximo, luego de haber analizado ayer con los gobernadores la situación epidemiológica y sanitaria de las provincias, a través de una videoconferencia realizada desde la Casa Rosada.
En el artículo 24 del decreto incorpora un nuevo beneficio para los empleadores del sector privado que cuenten en su nómina con los trabajadores que están dispensados del deber de asistir al lugar de trabajo durante la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, y que están detallados en la resolución (MTESS) 207/2020.