Jorge Daniel Saini – Departamento de Contenidos, Laboral
En el Boletín Oficial del 28 de enero de 2022, se publicaron dos nuevas normas referentes al REPRO II.
La primera de ellas, la resolución (MTESS) 78/2022 prorroga el plazo de inscripción para el periodo enero 2022.
Por su parte, la resolución general conjunta (AFIP-MTESS) 5140, reglamenta la extensión del beneficio de eximición de las contribuciones patronales para determinados empleadores, hasta junio de 2022.
Prórroga del plazo de inscripción
La resolución (MTESS) 78/2022, extiende hasta el 31 de enero de 2022 el plazo para la inscripción al “REPRO II” para el período correspondiente a los salarios devengados durante el mes de enero de 2022.
Además, la norma extiende hasta la misma fecha, el plazo de inscripción de los siguientes programas:
- Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos
- Programa de Asistencia Extraordinaria al Sector Hotelero en Zonas y Localidades Turísticas Afectadas
Vale recordar que el plazo original para las inscripción de todos estos programas era hasta el 30 de enero inclusivo, de acuerdo a lo establecido por la resolución (MTESS) 49/2022.
Esta última, además estableció los criterios de preselección para acceder a cada uno de los citados programas.
Eximición de contribuciones patronales para empleadores de sectores críticos
Por medio de la resolución general conjunta (AFIP-MTESS) 5140, se modifica resolución general conjunta (AFIP-MTESS) 5005, que reglamenta la eximición de contribuciones patronales para sectores críticos.
En este sentido, la reglamentación se hace extensiva a la eximición de contribuciones patronales con destino al SIPA que se devenguen hasta junio de 2022 inclusive.
Recordemos que de acuerdo a lo establecido en el decreto 323/2021, la reducción de las contribuciones patronales se aplicará en el período mensual inmediato posterior al período de devengamiento de los salarios cuya asistencia para el pago solicita el empleador al “Programa REPRO II”. El plazo original del beneficio era hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, pero este plazo se prorrogo hasta el 30 de junio de 2022 por medio del decreto 899/2021.
¿Cuáles son las actividades críticas?
El pasado 20 de enero se publicó en el boletín oficial la resolución 44/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a través de la cual se modificó la nómina de actividades alcanzadas por el Programa REPRO II.
La nueva clasificación de actividades son las siguientes:
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