Marianela Manelli – Departamento de Contenidos, Laboral
El Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, mediante la Resolución 1389/2022, introduce desde septiembre 2022 modificaciones en el “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo“ con respecto a la fijación del límite temporal en relación a la prohibición de despidos sin justa causa como requisito de ingreso; y el tope salarial para el pago de la asignación dineraria.
Modificaciones propuestas destacadas:
- El aumento de facultades de la Coordinación REPRO para el relevamiento de datos adicionales que permitan ampliar y/o verificar los aportados por las empresas solicitantes, así como también disponer la realización de visitas de evaluación a las sedes de sus establecimientos, a efectos de ratificar, rectificar o ampliar información que sea considerada relevante para la evaluación de las solicitudes de acceso como así también la permanencia o continuidad en el Programa por parte de las empresas.
- La fijación del límite temporal en relación a la prohibición de despidos sin justa causa como requisito para ingresar al Programa.
- El tope salarial para el pago de la asignación dineraria.
- La incompatibilidad del (REPRO) respecto del Programa Puente al Empleo, la cual se limita a las contrataciones de trabajadores titulares del Programa de Inserción Laboral y del Programa Puente al Empleo y no a las empresas.
Además, se fijó un límite temporal en relación con la prohibición de despidos sin justa causa, y que quedó en que las empresas solicitantes no deberán haber realizado en un lapso de seis meses previo a la inscripción al Programa.
Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo
El programa tiene como objeto establecer un subsidio a la nómina salarial de las empresas que ingresen al mismo, toda vez que el beneficio consistirá en una asignación dineraria individual a abonar a los trabajadores, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los sujetos empleadores adheridos al Programa.
Admás, establece que para que los empleadores del sector privado puedan acceder al beneficio previsto, deben acreditar que enfrentan una situación crítica de acuerdo con la evaluación de un conjunto de indicadores patrimoniales, financieros y económicos.