Prórroga al 30/6/2021 de mayores beneficios en facilidades de pago permanente
La AFIP prorroga al 30/6/2021 los mayores beneficios para acceder al regimen de facilildades de pago permanente
La AFIP prorroga al 30/6/2021 los mayores beneficios para acceder al regimen de facilildades de pago permanente
La AFIP anuncia medidas de alivio fiscal para aquellos afectados por los incendios forestales en el sur del país.
Se prorrogan hasta el 31/3/2021 el acceso a los mayores beneficios del régimen de facilidades de pago permanente
La AFIP oficializa la prórroga del plazo hasta el 31 de enero próximo para la realización de la recategorización de enero 2021 del Régimen Simplificado Monotributo
El Poder Ejecutivo prorroga los vencimientos generales para el pago de obligaciones de la seguridad social que operen desde el 1° de junio de 2020 hasta el 30 de junio de 2021
La AFIP prorroga al 31/1/2021 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente en relación con los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable.
La AFIP extiende hasta el 31/1/2021 la utilización de Presentaciones Digitales, la eximición de registrar datos biométricos, el blanqueo de clave fiscal por cajeros automáticos y la posibilidad para las personas humanas de acreditar su carácter de apoderados.
Como consecuencia de haber sido admitida por la justicia la medida cautelar interpuesta por el Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas de la CABA, solicitando la prórroga en la presentación y pago del impuesto a las ganancias -inlcuyendo cedular- y sobre los bienes personales del período fiscal 2019, adjuntamos la nota que la entidad envía a la AFIP, informando sobre dicho pronunciamiento y solicitando que se considere la posibilidad de postergar los vencimientos impositivos en cuestión, hasta tanto la autoridad jurisdiccional se expida, o bien, en su defecto, se ordene su postergación por un plazo de 30 días.
Como consecuencia de la prórroga hasta el 31/8/2020 del plazo para adherirse a la moratoria para las micro, pequeñas y medianas empresas, dispuesta por el decreto 634/2020, se adecua la normativa correspondiente a la citada moratoria, modificando las nuevas fechas de vencimiento.