Síntesis semanal al 26/2/21: ganancias, construcción, asociaciones sindicales, convenio multilateral y censo nacional económico

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GANANCIAS PARA EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA

El proyecto de ley para eximir del impuesto a las ganancias a quienes tengan un sueldo bruto de hasta $150.000 mensuales será tratado en comisión los primeros días de marzo, para que las citadas modificaciones resulten aplicables a partir del mes de abril de 2021.

Sobre el proyecto original se evalúan incorporar algunas deducciones adicionales, entre las que se destacan las horas extras, conceptos adicionales por desarraigo y la posibilidad de deducir al concubino/a.

BLANQUEO PARA INCENTIVAR LA CONSTRUCCIÓN

El senado convirtió en ley el proyecto que promueve las inversiones en la construcción de obras privadas nuevas realizadas en el país, a través de un blanqueo de moneda extranjera y beneficios en el impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales.  

A tal efecto se prevé:

  • Una exteriorización voluntaria de tenencia de moneda extranjera y/o moneda nacional en el país y en el exterior abonando un impuesto especial de entre el 5% y el 20% según la fecha en que se realice la citada exteriorización.
  • Exención en el Impuesto sobre los Bienes Personales del valor de las inversiones en construcción de obras privadas nuevas realizadas hasta el 31/12/2022, inclusive, y la posibilidad de computarse como pago a cuenta del impuesto el 1% del valor de las inversiones en construcción.
  • Diferimiento del pago del ITI o del impuesto a las ganancias, según corresponda para los titulares de inmuebles o de derechos sobre inmuebles, cuando se configure el correspondiente hecho imponible, cuyo objeto principal sea el financiamiento, la inversión y/o el desarrollo de proyectos inmobiliarios o de infraestructura hasta el 31/12/2022.

Accedé texto con el dictamen de Comisión aquí

Por tener relación con el tema acercamos el proyecto de ley que busca reactivar los créditos hipotecarios mediante la creación de la Sociedad Hipotecaria Argentina S.A.

IMPUESTOS INTERNOS

La AFIP difunde las nuevas bases imponibles para vehículos, chasis con motor y motores, motos, y embarcaciones deportivas y de recreo, junto al monto de las operaciones que quedan excluidas del impuesto a partir del 1 de marzo de este año.

ASOCIACIONES SINDICALES

Se prorroga, hasta el 31 de agosto de este año, la suspensión de los procesos electorales, las asambleas y congresos, tanto ordinarios como extraordinarios, como así también todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o la aglomeración de personas.

El Dr. Leopoldo O. Burghini analiza del alcance de las facultades de contralor permanente sobre asociaciones civiles y facultades de la IGJ para suspender la convocatoria a una asamblea.

Accedé a la doctrina acá.

CONVENIO MULTILATERAL

La Comisión Arbitral establece precisiones respecto a la distribución del 20% de ingresos para el caso de aplicación de regímenes especiales para entidades de seguros y profesiones liberales.

La resolución general 1/2021, publicada en el Boletín Oficial del día 24 de febrero de 2021, interpreta la forma en que se deberán asignar el 20% de los ingresos  en los casos de aplicación de regímenes especiales para entidades de seguros (art. 7° CM) y Profesiones Liberales (art. 10° CM), que tengan su administración, sede central, estudio, consultorio y/u oficina en más de una jurisdicción.

Es importante señalar que el hecho de que una jurisdicción participe en la distribución del porcentaje del 20% correspondiente a la administración, sede central, estudio, consultorio y/u oficina, según el caso, no obsta a su participación en la distribución del 80% restante de los ingresos a que también se le distribuyan ingresos por el desarrollo de la actividad.

Accedé a un análisis completo de la resolución aquí.

CENSO NACIONAL ECONÓMICO

Errepar te acerca en exclusiva las respuestas de las autoridades del INDEC a las preguntas que surgieron en la charla virtual brindada en nuestro canal de youtube y que se encuentra en un micrositio especial que trata este tema.

El Censo Nacional Económico comenzó el 30 de noviembre de 2020 y deben completarlo todas las personas jurídicas –incluidos entidades sin fines de lucro-, monotributistas e inscriptos en el régimen de autónomos que cuenten con CUIT activo y desarrollen actividades económicas productivas de bienes y servicios.

Accedé a todos los detalles en nuestra nota.

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