Empleados de comercio: ¿cómo liquidar los salarios de los trabajadores suspendidos aplicando el art. 223 bis LCT y R. (MTESS) 397/2020?

La declaración de la emergencia sanitaria dictada como consecuencia de la pandemia por coronavirus(1) y el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo(2) para poder contener la curva de contagio del COVID-19 detuvo la actividad de muchas actividades, incluida la mercantil.

AFIP publicó el SICOSS, V. 42, release 3 y guías para parametrizar las suspensiones art. 223 bis LCT en el Libro de Sueldo Digital

La AFIP publicó el release 3 de la versión 42 del Sistema Aplicativo SICOSS, conforme lo dispuso a través de la RG (AFIP) 4711, para que los contribuyentes puedan implementar la postergación del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA de los períodos devengados 03/2020 y 04/2020 y la reducción del 95% de la contribución con destino al SIPA del período devengado 04/2020, como así también declarar a los trabajadores suspendidos en el marco del artículo 223 bis LCT.

Libro de sueldos digital AFIP: novedades de septiembre 2020 y capacitación

La doctora Marcela Gómez describe los puntos mas destacables de la prórroga de la obligación para quienes debían comenzar a utilizar este servicio web a partir del devengado de setiembre/2020 y explica como parametrizar e ingresar las liquidaciones en el caso de suspensiones de trabajadores en el marco del artículo 223 bis LCT y la resolución (MTESS) 397/2020, el tratamiento para aquellos períodos en los cuales el empleador no tenga personal en relación de dependencia y cómo realizar las modificaciones a las liquidaciones ingresadas.

Aspectos relevantes de la prórroga de la doble indemnización y extensión de los plazos de suspensión

El doctor Ignacio Orlando analiza los aspectos más salientes del Decreto 528/2020, que dispone la prórroga, por 180 días, de la duplicación de la indemnización por despido sin causa, y del Decreto 529/2020, que extiende los plazos de suspensión por falta de trabajo y fuerza mayor dispuestas en los términos del artículo 223 bis de la LCT.

Programa de Asistencia al Trabajo (ATP): El Ministerio de Trabajo hace aclaraciones sobre el Salario Complementario

El Ministerio de Trabajo aclara que en los casos donde el empleador haya abonado la remuneración total o parcial o la asignación no remunerativa prevista en el artículo 223 bis LCT correspondiente al mes de abril de forma previa a que la ANSES deposite el Salario Complementario en la CBU de los trabajadores, y ambos montos superen lo que le hubiera correspondido percibir al trabajador por ese mes, el excedente se podrá imputar a cuenta de las sumas que correspondan abonar para el mes de mayo de 2020.

Acuerdos para la suspensión de trabajadores inactivos por la cuarentena: ya firmaron metalúrgicos, gastronómicos, petroleros y textiles

El Ministerio de Trabajo de la Nación, con la resolución 397/2020, publicada en el Boletín Oficial el 30 de abril, ratificó los lineamientos que acordaron la Confederación General del Trabajo (CGT) y la Unión Industrial Argentina (UIA), que establece la homologación automática de los convenios que dispongan las suspensiones conforme al artículo 223 bis de la LCT y respeten íntegramente las condiciones del convenio marco..