Síntesis semanal Errepar, con todas las noticias en ciencias económicas de la semana

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Como cada semana, te traemos un breve resumen de las noticias más importantes ¡Te mantenemos actualizado!

Monotributo

La AFIP reglamenta los beneficios dispuestos en el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para los pequeños contribuyentes del régimen.

Por otra parte, señalamos que ya se encuentra habilitada en la página de AFIP la posibilidad de efectuar la recategorización en el régimen correspondiente al mes de julio de 2021, que podrá realizarse hasta el 17 de agosto.

Compartimos un exhaustivo análisis del Dr. Juan C. Serra sobre el tema, podés leerlo ingresando acá.

Los suscriptores de Errepar tienen la calculadora actualizada de la recategorización del monotributo.

calculadora recategorizacion errepar

Programa ATP

La AFIP estableció el mecanismo para que las empresas que incumplieron las condiciones previstas en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción restituyan los fondos correspondientes al salario complementario.

También, dispone el procedimiento para que aquellas empresas que deseen restituir el beneficio de manera voluntaria puedan hacerlo.

Todos los detalles del tema te lo cuentan nuestros expertos.

REPRO II

El Ministerio de Trabajo actualiza el listado de las empresas comprendidas en el sector salud, a los fines de que las mismas puedan acceder como potenciales beneficiarias al Programa.

Todas las novedades sobre REPRO II las encontrás acá.

Ganancias y Bienes personales

El martes 3 de agosto, a las 15 horas, Errepar te invita a participar de la charla “Cuenta regresiva para la liquidación de Ganancias y Bienes. Personas Humanas año fiscal 2020”, a cargo de los Drs. Humberto Diez y Romina Franco a través de la cuenta de Instagram @errepar_editorial

Es una actividad sin costo y no requiere inscripción previa.

Impuesto sobre los débitos y créditos

La AFIP realiza aclaraciones respecto de la exención en el gravamen para los monotributistas que posean cuentas corrientes bancarias, y adecúa la reglamentación con motivo de la equiparación en el tratamiento de las billeteras electrónicas con las cuentas abiertas en entidades financieras.

Recordamos que, por medio del decreto 301/2021, se equiparó el tratamiento impositivo de las billeteras electrónicas a las cuentas que son abiertas en entidades financieras, aplicable a partir del 1 de agosto de 2021.

También se establece que los titulares de las mismas puedan computar en similares condiciones que los que poseen cuentas abiertas en entidades financieras el presente tributo como crédito de impuestos.

Accedé a un completo análisis en nuestra nota.

Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado

La Secretaría de Seguridad Social y la ANSeS dictaron las normas aclaratorias para la implementación del reconocimiento de aportes por tareas de cuidado de hijos, a mujeres en edad de jubilarse y que no cuenten con los años de aportes necesarios.

Accedé a un completo análisis sobre las normas complementarias publicadas en el día de ayer.

Inspección General de Justicia

El organismo acordó un sistema de retiro de trámites exclusivo para matriculados en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.

Ciudad de Buenos Aires

La AGIP dispone que, entre el 20 y el 24 de septiembre, los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos deberán realizar la presentación de la declaración jurada anual del periodo fiscal 2020.

Santa Fe

La API establece los requisitos para acceder a los beneficios de exención en los impuestos sobre los ingresos brutos, sellos, inmobiliario y tasas retributivas por servicios, desde abril a septiembre 2021, para contribuyentes afectados por la pandemia.

Además, modifica la reglamentación del régimen de regularización de deudas tributarias provinciales devengadas hasta el 31 de octubre de 2020.

Por su parte, el gobierno provincial suspende hasta el 6 de agosto de 2021 la celebración de asambleas y actos eleccionarios de personas jurídicas en forma presencial.

Córdoba

La Dirección General de Rentas establece que la baja de oficio de la inscripción en el impuesto sobre los ingresos brutos regirá a partir de la fecha en la cual se procese la información obrante en su base de datos.

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