Impuesto a las ganancias: impuesto al dividendo – Ley 27630
Un comentario del Dr. Amaro Gómez acerca del impuesto al dividendo en ganancias, a partir de la ley 27630.
Un comentario del Dr. Amaro Gómez acerca del impuesto al dividendo en ganancias, a partir de la ley 27630.
Con el auspicio de la FACPCE, Errepar realizó el jueves 13 de mayo en nuestro canal de YOUTUBE, una charla virtual sobre el “Compliance Tributario”.
En una nueva edición de las charlas virtuales que brinda Errepar con el auspicio de la FACPCE, el día jueves 11 de marzo de 2021 el Dr. Ezequiel Passarelli, con la coordinación del Dr. Mario Rapisarda brindó una charla donde se abordaron temas de interés sobre la tendencia en materia de tributación a nivel mundial, y los nuevos desafíos que presenta para las administraciones tributarias la evolución de la economía digital y la nueva forma de relacionarse comercialmente en el mundo.
Se aprueba el convenio para evitar la doble imposición internacional y prevenir la evasión fiscal entre la República Argentina y el Estad de Qatar.
El día miércoles 3 de febrero se llevó a cabo el encuentro virtual con las Dras. Teresa Gómez y la Dra. Cynthia Sleiman para realizar un análisis sobre las Planificaciones Fiscales.
La AFIP informa por medio de gacetilla de prensa que se prorroga al 25/10/2020 la feria fiscal, manteniéndose la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.
Una de las principales novedades de la RG 4697 es la obligación de informar al “beneficiario final” de las sociedades y demás entidades constituidas en el país cuando sus titulares o participantes en su capital social sean otras entidades, entendiendo por tal a “la persona humana que posea el capital o los derechos de voto de una sociedad, persona jurídica u otra entidad contractual o estructura jurídica -independientemente del porcentaje de participación-, o que por cualquier otro medio, ejerza el control directo o indirecto de dicha persona jurídica, entidad o estructura”. Según expresan los considerandos de la RG 4697, esta medida está en línea con lo propiciado por diversos organismos internacionales -entre ellos la OCDE- para promover cambios normativos a nivel mundial conducentes a la regulación de los “beneficiarios finales”, a fin de que las autoridades competentes tengan acceso a información pertinente, fidedigna y actualizada de dichos sujetos.
La AFIP establece entre los días comprendidos entre el 11/5 y el 24/5/2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinaria.
La AFIP establece entre los días comprendidos entre el 27 de abril y el 10 de mayo de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinaria.