Programa ATP: hoy finaliza la inscripción
Hoy vence el plazo para que los empleadores puedan inscribirse y solicitar los beneficios del Programa ATP correspondientes al período agosto/2020, de conformidad con lo previsto en la RG (AFIP) 4805
Hoy vence el plazo para que los empleadores puedan inscribirse y solicitar los beneficios del Programa ATP correspondientes al período agosto/2020, de conformidad con lo previsto en la RG (AFIP) 4805
Se prorroga hasta el 29 de mayo de 2020, inclusive, el plazo para la presentación de las declaraciones juradas y los pagos correspondientes al anticipo del impuesto sobre los ingresos brutos para los contribuyentes locales, cuyos vencimientos operaron desde el 1 de marzo hasta el 22 de mayo de 2020, ambas fechas inclusive.
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), suscribieron un convenio de emergencia para la suspensión de actividades con el fin del sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad productiva.
Se establece excepcionalmente un plazo adicional de 90 días corridos que se adiciona a los 180 días –previstos en el art. 4 de la RG (AFIP) 2513-
La AFIP extiende a los días comprendidos entre el 1 y el 12 de abril, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinaria.
En el marco de ley de Solidaridad y Reactivación Productiva -L. 27541-, y las distintas medidas que se toman en dicho contexto para controlar la circulación del Coronavirus (Covid-19), la economía se ve afectada por la baja en el consumo y a las empresas se les hace aún más difícil poder cumplir con sus obligaciones tributarias por el stress que se produce y se producirá en la cadena de pagos
Se establece que, por el plazo de 180 días, la atención al público en la sede central del Organismo será exclusivamente con cita previa, otorgada electrónicamente,
A fines del año pasado, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 34/2019 que declaró la emergencia pública en materia ocupacional por el término de 180 días.
Si en los últimos 12 meses el monotributista tuvo cambios en el desarrollo de su actividad, se debe realizar la recategorización correspondiente a través de la página de AFIP, en virtud de las categorías vigentes al 1/1/2020.