La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas envió notas a la AFIP y a la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación para plantear consultas en relación con la valuación de los bienes para liquidar el Aporte Solidario y Extraordinario y también con la confección del balance especial al 18/12/2020.
En este sentido se le solicita poder utilizar el balance al 31/12/2020 y también poder prorrogar el vencimiento para la determinación e ingreso del aporte.
Respecto de las valuaciones, se les consulta específicamente por la valuación de acciones y participaciones societarias.
Otra consulta realizada es sobre el informe especial de contador público independiente solicitado por la norma reglamentaria en relación con la repatriación de activos. Y en este sentido se plantea la posibilidad de poder utilizar el mismo modelo que se utilizó para los casos de repatriación de la Moratoria Ampliada 2020.
Asimismo y en base a la confección del balance especial y las diferentes dudas planteadas, textualmente la FACPCE plantea:
“… Desde el punto de vista práctico, confeccionar un balance especial a una fecha no coincidente con un cierre contable normal (como es el caso del 18 de diciembre de 2020), determina que no puedan ser aplicados los procedimientos usuales de cierre contable con sus correspondientes controles para validar que la información cumpla con las aserciones contables fundamentales (integridad, exactitud, corte de operaciones, etc..). Más aún cuando ha sido imposible al menos planificar ese cierre inusual, dado que la reglamentación ha sido emitida con una fecha posterior al cierre solicitado.
No hay dudas de que una situación como la planteada requerirá un gran esfuerzo administrativo de los
contribuyentes, sus asesores y proveedores de servicios profesionales. Pero, además, la utilización de
información contable sobre la cual no se han aplicado los procesos y controles contables de cierre
habituales genera riesgos respecto de la calidad y exactitud de la información que será utilizada, en este
caso, para la liquidación del ASyE. “
“… Por tal motivo, les solicitamos que consideren la posibilidad de prorrogar el vencimiento para la
determinación e ingreso del aporte a fin de otorgar a los contribuyentes, a las administraciones de las
sociedades en las que participan y a sus asesores el tiempo necesario para llevar adelante las tareas
necesarias para el cumplimiento de la normativa….”
Para ver la nota enviada por la FACPCE a la AFIP hacé click aquí.
Para ver la nota enviada por la FACPCE a la Jefatura de Gabinete de Ministros hacé click aquí.
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